Skip to main content
Subastas Procuradores Subastas Procuradores Reloj
  • Search
  • Meet us
    What we do Quality of Justice Award Press
    Subastas procuradores
    Auction portal Project
  • We help you
    Now you can too Frequently asked questions Rules
    By profile
    Investment funds Insolvency administrator Attorney Lawyer Legal Adviser for the Administration of Justice Person
  • Project
  • Register
  • Access
  • English
    • Español
  • Reloj
« Return to the tab of the direct sale

Lot comprising 8 rural properties in the Campo de Criptana and Alcázar de San Juan districts (Ciudad Real). FR 11449, 11892, 60034, 46155, 1755, 11891, 46156 and 46157 of the RP of Alcázar de San Juan no. 1 and 2.

  • Type: Direct sale
  • Reference: YMC4KY14
  • Type of procedure: Privada
  • Set of direct sales: 34BD5V44

Particular conditions of the direct sale

CONDICIONES PARTICULARES PARA VENTA DIRECTA LOTE DE OCHO FINCAS REGISTRALES: 11449, 11892, 60034, 46155, 1755, 11891, 46156 y 46157 RP ALCAZAR DE SAN JUAN NÚMERO 1 Y 2. 

1.- La venta directa es del Lote configurado por las ocho fincas registrales inscritas 11449, 11892, 60034, 46155, 1755, 11891, 46156 y 46157 del Registro de la Propiedad de Alcázar de San Juan número 1 y 2. 

2.- La venta directa del bien se realizará en estado de libre de cargas y gravámenes, con excepción de aquellas que sean inherentes a la finca (tales como servidumbres, afecciones…). 

3.- La valoración es de 299.000,00 euros que aparece reflejado en el portal www.subastasprocuradores.com y será visible en la información del inmueble publicada en la plataforma durante todo el proceso de venta. 

4.- Todos los gastos de la venta pública (entre los que se encuentran los gastos notariales, registrales y de tramitación), así como el IBI y los honorarios del Consejo General de Procuradores de España por la gestión de la venta directa serán a cargo del adquirente. Estos últimos honorarios, serán del 3% más IVA del precio final de la venta, no se detraen de la oferta y deben satisfacerse aparte por el adquirente a la entidad especializada en el momento de la formalización de la escritura de compraventa. 

5.- El importe de la oferta que se realice no incluye los impuestos que se devenguen, que serán satisfechos conforme a Ley, a excepción del impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana que serán a cuenta de la parte compradora. 

6.- Todas las ofertas que se realicen se pondrán en conocimiento del titular de los bienes quien aceptará la que más convenga a sus intereses. 

7.- El contenido de la oferta no se publicitará. Del mismo modo, no podrá acceder al contenido de las restantes ofertas de compra realizadas por otros interesados. 

8.- El comprador habrá de aceptar el estado físico y jurídico en que se encuentren los activos, sin que pueda revisarse el precio o desistir de la oferta realizada por ninguna circunstancia una vez firmado el contrato de arras, teniendo éstas carácter irrevocable. La presentación de ofertas implica la renuncia al ejercicio de la acción de saneamiento por evicción y vicios ocultos de la cosa vendida. 

9.- La presentación de ofertas requiere el registro previo en la página web www.subastasprocuradores.com debiendo cumplir con las exigencias de identificación requeridas por el indicado portal electrónico. 

10.- El período de recepción de ofertas será el siguiente: 

  • Fecha y hora de inicio: 14/05/2025 a las 12:00h.
  • Fecha y hora de finalización: 03/06/2025 a las 18:00h. 

11.- El pago del precio se realizará en el día, hora y lugar que señale el titular de los bienes. Asimismo, el titular de los bienes establecerá la Notaria que realizará las escrituras públicas de compra. 

12.- Serán válidas cualesquiera notificaciones efectuadas a los usuarios que hayan realizado ofertas en la dirección de correo electrónico que hubieran designado a efectos de recibir comunicaciones relativas a la venta en la que libre y voluntariamente han participado. 

13.- Habiéndose aprobado por el titular la adjudicación del inmueble a favor de un ofertante, el proceso de adjudicación deberá cumplir y se desarrollará según lo dispuesto a continuación: 

  • Prevención del Blanqueo de Capitales: El adjudicatario deberá facilitar al titular de los bienes la documentación necesaria para cumplir con los requisitos exigidos en la normativa para la Prevención de Blanqueo de Capitales y Financiación del Terrorismo, en los términos previstos en la normativa de aplicación, debiendo cumplimentar a tal efecto cuantos documentos se fuesen requeridos. Asimismo, el adjudicatario deberá facilitar una prueba de fondos suficientes para adquirir el inmueble por el que ha realizado la oferta. 
  • Contrato de arras: Una vez cumplidos y superados los requerimientos de prevención de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo, se formalizará un contrato de arras del inmueble entre el titular de los bienes y el adjudicatario, debiéndose abonar en dicho momento por el adjudicatario el 10% del precio, consistente en la mejor oferta realizada, al respecto el adjudicatario recibirá un comprobante de recepción de dichos fondos. Dicha cantidad se imputará como precio de venta del inmueble.  
  • Para el supuesto de que el mejor ofertante designado adjudicatario no cumpliese con cualquiera de los requisitos requeridos o desistiese de su oferta, el titular del inmueble podrá ofrecer la adjudicación a otro ofertante. En caso de que hubiesen mediado arras, el ofertante que haya desistido de su oferta, las perderá. 

14.- En todo lo no previsto en este pliego, la venta se regirá conforme a los usos y reglas de la entidad especializada.

« Return to the tab of the direct sale
  • Search
  • Rules
  • FAQ
  • Contact
  • Terms and conditions
  • Legal notice
  • Cookies policy
  • Cookies
  • Consejo General de Procuradores de España
  • Portal galardonado por el Premio Calidad de la Justicia 2016
  • Cercitificado ENS categoría básica
©2025 Subastas Procuradores. All rights reserved.
  • LinkedIn
  • Twitter