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Auction
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Single-family home at Calle Oreneta nº 3 in Cànoves i Samalús, (Barcelona). FR 1741 RP Granollers no. 3

Location Calle Oreneta, número 3, Cànoves i Samalus (Barcelona) Reference code Reference code: FWYWBVT2 Start Start: 6/3/2025 12:00:00 PM End End: {{ bidEndDate | date }} 7/28/2025 12:00:00 PM
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Typology House
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153,857.62 €
Assessment
219,796.60 €
Deposit: 10,989.83 €
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Characteristics Expenses, taxes and charges Documentation Deposit Particular conditions Location

Characteristics

House

The subject of auction is 2/6 OF FULL OWNERSHIP with private character and 4/6 OF BARE OWNERSHIP with private character.

Detached single-family home with ground floor, with an attached two-story building, internally connected by a staircase, in the municipality of Cànoves i Samalús, which forms plot number 98, Oreneta Street, number 3, integrated into the partial plan of the "Cànoves Residencial" Urbanization. The land has an area of eight hundred and sixty-four meters forty-seven square decimeters, or 22,880.79 square palms. The detached single-family home with ground floor, which has a constructed area of fifty-one meters seventy-one square decimeters, is composed of a dining room-living room, kitchen, one bedroom, toilet and porch. The attached two-story building, which has a constructed area of seventy-five meters seventy-six square decimeters, of which thirty-four meters twenty-nine square decimeters correspond to the lower floor and forty-one meters forty-seven square decimeters to the upper floor, has on its lower floor a double bedroom with dressing room and bathroom, and on the upper floor there is a bedroom, a living room/study, and a full bathroom. They have a total constructed area of one hundred and twenty-seven meters and forty-seven decimeters square. The ground floor occupies a plot area of ninety-nine meters and seventy-five decimeters square.

Cadastral reference: 5962114DG4156S0001KU.

IMPORTANT:

There is a usufruct in favor of the owner's parents, one third for each of them.

Location

Calle Oreneta, número 3, 08445 Cànoves i Samalus (Barcelona). See map

Visits

Does not allow visits

Possessive situation

Vivienda habitual del concursado.

Registry data

Registry: Granollers nº 3
Property: 1741
IDUFIR: 08079000097534
Inmovable cadastral code: 5962114DG4156S0001KU

Expenses, taxes and charges

Charges and encumbrances

Yes - The property is mortgaged. However, it is transferred free of liens and encumbrances, except for those inherent to the property (such as easements, encumbrances, etc.). The mortgage will be cancelled either at the time of the execution of the deed of transfer, or subsequently through a writ issued by the competent court at the request of the Bankruptcy Administrator once the transfer has been confirmed.

Community debts

It is unknown

IBI debts

Yes - There are outstanding debts for property tax (IBI) totaling €2,521.54. The amount is indicative and may change at the time of the transfer of the property.

Taxes

Taxes that may be levied on the sale are not included (such as VAT, I.T.P. or A.J.D.)

Administration fees

3.00% , (I.V.A. not included). No included in the award price.

Documentation

ANEXO I TASACIÓN (you must log in with a verified account to download this document)

Ficha catastral

Deposit

Deposit

10,989.83 €

Status

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Particular conditions

Particular conditions of the auction

Location

Particular conditions of the auction

I.-  La presente subasta tiene lugar dentro de un procedimiento concursal. 

II.- La venta en subasta pública de los bienes se realizará, en todo caso, en estado de libre de cargas y gravámenes, con excepción de aquellas que sean inherentes a las fincas (tales como servidumbres, afecciones…).

III.- Para poder concurrir a la subasta será necesario que los interesados en participar, con carácter previo a la misma, efectúen un depósito correspondiente al 5% del valor en la siguiente cuenta titularidad del Consejo General de los Procuradores de España de CAIXABANK S.A. ES41 2100 5731 7202 0024 0577 a través del carrito de depósitos que estará disponible en el anuncio de la subasta y siguiendo las instrucciones que aparecerán en el mismo. Dicha cantidad no deberá aportarse en metálico, sino por transferencia bancaria a la cuenta habilitada debidamente indicada en el anuncio de subasta. 

La confirmación del depósito y por tanto de las eventuales pujas que pudiere realizar el postor-depositante, quedarán supeditadas a la recepción del importe en la cuenta habilitada, siempre y cuando el ingreso efectivo conste en cuenta con anterioridad a la fecha de la finalización de la subasta. Igualmente, deberá estar incluido en dicho plazo el documento acreditativo del Certificado de titularidad de la cuenta bancaria. 

Una vez que el usuario agregue el justificante bancario de la transferencia del depósito en el Portal de Subastas, y conste en cuenta el importe del depósito, se procederá a su validación quedando habilitado para pujar en las subastas asociadas a dicho depósito. Asimismo, el usuario estará obligado a facilitar certificado de titularidad de la cuenta. 

Finalizada la subasta, a aquellos usuarios que no hayan sido adjudicatarios, se les devolverá la totalidad del importe depositado a la misma cuenta de la que proceda la transferencia inicial, en el plazo de diez días hábiles desde la finalización de la subasta. No se admitirá la designación de cuenta diferente a la de procedencia de la transferencia inicial, a los efectos de devolución del importe en los términos señalados.

Tratándose del usuario que ha resultado adjudicatario, el depósito que hubiera realizado para poder participar en la subasta, quedará retenido en la cuenta habilitada para tal fin hasta que se produzca la firma de la adjudicación, o si por cualquier circunstancia dejara de ser el adjudicatario definitivo por causas no imputables a él, incluyendo el rechazo por parte de la AC de su mejor postura, en cuyos casos se le devolvería el depósito realizado a la cuenta de procedencia de la transferencia inicial en el plazo de diez días hábiles desde la firma de la adjudicación o de la resolución de la causa no imputable. 

El depósito efectuado no formará parte del pago ni de la adjudicación ni de los gastos derivados de la misma. 

En caso de que finalmente el que resultare adjudicatario desistiese de su postura, perderá el depósito efectuado. 

En su caso, los acreedores con privilegio especial estarán exentos de depositar cantidad alguna al efecto, bastando que envíen un e-mail a la cuenta [email protected] comunicando su interés para que se les habilite para intervenir en la subasta. 

IV.- Quien resulte adjudicatario del bien objeto de subasta acepta desde el momento de la participación en la subasta el estado físico y jurídico en que se encuentren los bienes, sin que pueda revisarse el precio o desistir de la postura ofrecida por ninguna circunstancia, teniendo las ofertas realizadas carácter irrevocable. 

V.- Se determinan como fechas de inicio y fin de subasta las siguientes: 

  • Fecha y hora de inicio de la subasta: 03/06/2025 a las 12:00 horas.
  • Fecha y hora de finalización de subasta: 28/07/2025 a las 12:00 horas.

Ello, no obstante, la subasta se prorrogará automáticamente si, dos minutos antes de la finalización de la misma, algún licitador efectuase una puja que mejorare la anterior, siendo dicha prórroga de dos minutos adicionales más, y así sucesivamente hasta que los licitadores concurrentes a la subasta dejaren de incrementar el precio de la mejor postura. 

VI.- Según establece el punto 2.2.3 de las Reglas Especiales de Liquidación aprobadas, el tipo de salida de la subasta será del 70 % del valor de mercado según tasación oficial actualizada. Según informe de tasación emitido por EUROVALORACIONES, S.A., Sociedad de tasación inscrita en el Registro de Sociedades de Tasación del Banco de España con el código 4388 (Euroval), la valoración del inmueble asciende a la cantidad de 219.796,60 €, por lo que el tipo de salida deberá ser de 153.857,62 €. 

Se acompaña como DOCUMENTO NÚMERO UNO el Informe de Tasación emitido por EUROVAL en fecha 14 de abril de 2025. 

La Administración Concursal estará facultada para rechazar cualquier oferta que por su importe pueda entender no atiende al interés de la masa del concurso. 

VII.- Todos los gastos e impuestos de cualquier naturaleza que hubiera que asumir derivados de las operaciones de venta y/o adjudicaciones, incluido el impuesto que grava el incremento sobre el valor de los terrenos (plusvalía), salvo en el supuesto de que se lo adjudique el propio acreedor hipotecario, o salvo pacto en contrario, serán por cuenta del comprador y/o adjudicatario, sin que ello suponga alterar la condición de sujeto pasivo establecido en las normas. 

Asimismo, los impuestos inherentes a la transmisión del bien serán satisfechos conforme a la normativa aplicable al tributo de que se trate. 

Los honorarios del Ilustre Colegio de Procuradores de Barcelona por la prestación de sus servicios en la subasta se publicitarán en el momento de la apertura del periodo de licitación, y a través de la propia plataforma donde se realiza la subasta, que, en todo caso, y en lo que se refiere al presente procedimiento, ascenderán al 3% más IVA del valor de adjudicación del bien subastado. 

El pago de dichos honorarios correrá a cargo del adjudicatario y no se detraerán de la puja efectuada, sino que deberán abonarse aparte en el momento del otorgamiento de la escritura de adjudicación. 

VIII.- Serán válidas cualesquiera notificaciones efectuadas a los usuarios que hayan concurrido a la subasta pública online en la dirección de correo electrónico que hubieran designado a efectos de recibir comunicaciones relativas a la subasta a la que libre y voluntariamente han participado, ya provengan dichas notificaciones de la Administración Concursal, ya de la entidad especializada que lleve a cabo el desarrollo de la subasta pública online. 

IX.- Si la subasta termina satisfactoriamente, la Administración Concursal declarará aprobado el remate de la venta a favor del mejor postor, quien deberá abonar el precio íntegro de la venta de contado en el momento del otorgamiento de la escritura pública de compraventa. 

En el caso de que por parte de los copropietarios de los bienes se ejerciera su derecho de retracto legal, y en consecuencia se subrogase en la posición del mejor postor de la subasta, se comunicará a este último. 

Se reconoce al acreedor con privilegio especial, si existiese, y que resulte mejor postor respecto de los bienes objeto de su garantía, el derecho de ceder el remate a un tercero. 

X.- Si el mejor postor designado adjudicatario de los bienes objeto de subasta no concurriese al otorgamiento de los documentos públicos o privados que resulten necesarios para la tradición de los mismos y pago del precio de remate, perderá el depósito efectuado, y la Administración Concursal podrá, con independencia de su derecho a exigir las responsabilidades que procedan por incumplimiento del antedicho mejor postor, declarar adjudicatario a los subsiguientes mejores postores habidos en la subasta pública celebrada, por el orden de sus respectivas posturas. 

XI.- De conformidad con el punto 2.2.2. de las Reglas Especiales de Liquidación aprobadas, deberá firmarse escritura pública de adjudicación una vez la Administración Concursal declare aprobado el remate de la venta a favor del mejor postor. 

XII.- En cualquier caso, la Administración Concursal se reserva la facultad de desistir de la prosecución del procedimiento de subasta pública si el resultado de la misma, según su criterio, fuere contrario al interés del concurso. Asimismo, la Administración Concursal podrá rechazar la postura final por su bajo importe o por circunstancias que considere en interés de la masa del concurso, con las salvedades señaladas en el Apartado IX de las presentes condiciones particulares. 

XIII.- La Administración Concursal, concluida la subasta sin la realización de los bienes, podrá repetir una vez el proceso de venta en subasta pública siempre con respeto a las bases mínimas establecidas en los apartados anteriores. 

XIV.- En todo lo no previsto en este escrito, la subasta se regirá conforme a los usos y reglas de la entidad especializada.

Single-family home at Calle Oreneta nº 3 in Cànoves i Samalús, (Barcelona). FR 1741 RP Granollers no. 3

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