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Subasta
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Vivienda en C/Virgen de Guadalupe 11 de Dos Hermanas, (Sevilla). FR 17368 RP Dos Hermanas nº 3

Localización CL VIRGEN DE GUADALUPE 11 Es:1 Pl:01 Pt:18, Dos Hermanas (Sevilla) Referencia Referencia: W91P2S24 Inicio Inicio: 07/10/2025 12:00:00 Fin Fin: {{ bidEndDate | date }} 07/11/2025 12:00:00
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Tipología Piso
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Puja mínima
31.983,99 €
Valoración
63.967,97 €
Depósito: 1.919,04 €
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Características Gastos, impuestos y cargas Depósito Condiciones particulares Localización

Características

Piso

Vivienda número 18, tipo E, en planta 1ª, situada en Dos Hermanas, entre las calles Virgen de los Desamparados, de Guadalupe, de Begoña y Reyes Católicos, hoy calle Virgen Guadalupe número 11. Está convenientemente distribuida, con una superficie construida con inclusión de parte proporcional de zonas comunes de 86,89m² y útil de 65,90m².  

En esta finca si consta la Calificación Definitiva de Vivienda de Protección Oficial de Promoción Privada, Régimen General, según nota extendida al margen de la inscripción 1ª de fecha 16 de diciembre de 1994, y más extensamente al margen de la inscripción 3ª de su finca matriz, registral 11.072 del archivo común, por cédula expedida en Sevilla, el 28 de octubre de 1994, expediente número 41.1.0064/92.

Esta finca, por tratarse de Vivienda de Protección Oficial, está sujeta a las prohibiciones y limitaciones a la facultad de disposición establecidas en la Ley 13/2005, de once de noviembre, de Medidas para la Vivienda Protegida y el Suelo, de la Comunidad Autónoma Andaluza, y el Reglamento de Viviendas Protegidas de la Comunidad Autónoma Andaluza, aprobado por Decreto 149/2006, de veinticinco de julio. Las segundas o posteriores transmisiones inter vivos de la titularidad del derecho de propiedad o de cualquier otro derecho real de uso y disfrute sobre la vivienda protegida objeto de la presente estarán sujetas a los derechos de tanteo y retracto legal en favor de la Administración de la Junta de Andalucía, o del Ayuntamiento o entidad pública que sean designados por aquella, de conformidad con la citada Ley, según resulta de nota extendida al margen de la inscripción 1ª.

Referencia catastral: 0296401TG4209N0099ST. 

Nota: La ubicación e imagen mostrada es orientativa y no tiene carácter contractual. En ocasiones, la documentación de que disponemos no es tan minuciosa como para localizar con garantías cada uno de los bienes, en tal caso, se muestra un plano general de la zona, que puede no coincidir con el bien subastado.

Ubicación

CL VIRGEN DE GUADALUPE 11 Es:1 Pl:01 Pt:18, 41701 Dos Hermanas (Sevilla). Ver mapa

Visitas

Desconocido

Situación posesoria

La posesión es de una 3ª en precario.

Datos registrales

Registro: Dos Hermanas nº 3
Finca: 17368
Tomo: 2397
Libro: 409
Folio: 41
Inscripción: 1
IDUFIR: 41019000018325
Referencia catastral: 0296401TG4209N0099ST

Gastos, impuestos y cargas

Cargas y gravámenes

Sí - El inmueble se encuentra gravado con HIPOTECA. No obstante, se transmite libre de cargas y gravámenes, salvo aquellas que sean inherentes a las fincas (tales como servidumbres, afecciones…). La cancelación de la hipoteca se realizará, bien en el momento del otorgamiento de la escritura de transmisión, o bien posteriormente al otorgamiento a través de mandamiento expedido por el Juzgado competente a solicitud de la Administración Concursal una vez acreditada la transmisión.

Deudas de comunidad

No - Según nos trasladan inicialmente no existe deudas. Desconocemos si hasta la transmisión del bien se puede generar alguna. En el caso que se generen serán de cuenta y cargo del adjudicatario.

Deudas de IBI

Sí - Existen deudas pendientes en concepto de IBI por importe de 2.930,00 euros. La cuantía es orientativa y puede variar en el momento de la transmisión del bien. Dicha deuda será por cuenta y cargo del adjudicatario.

Impuestos

No están incluidos los impuestos que puedan gravar la compraventa (como el I.V.A., el I.T.P. o A.J.D.)

Gastos de gestión

3,00 % , (I.V.A. no incluido). No incluido en el precio de adjudicación.

Depósito

Depósito

1.919,04 €

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Condiciones particulares

Condiciones particulares de la subasta

Localización

Condiciones particulares de la subasta

I.- La presente subasta tiene su origen en un procedimiento concursal especial de liquidación para microempresas de conformidad con los artículos 685 y siguientes, y 705 y siguientes del Texto refundido de la Ley Concursal, siendo el órgano liquidador competente la representación entidad concursada. 

II.- La venta en subasta pública del bien se realizará, en todo caso, en estado de libre de cargas y gravámenes, con excepción de aquellas que sean inherentes a la finca (tales como servidumbres, afecciones y créditos que graven la finca y no estén reconocidos en el concurso…). 

La cancelación de las cargas se efectuará mediante solicitud de mandamientos por parte del titular al Juzgado, una vez se haya llevado a cabo la adjudicación y previo pago del precio de adjudicación a favor de los acreedores privilegiados especiales.

A tales efectos, la solicitud de mandamientos se efectuará por parte de la representación de la concursada, pero el adjudicatario deberá asumir los gastos de su inscripción en el Registro oportuno. 

El adjudicatario o comprador deberá declarar que conoce y acepta el contenido íntegro del Plan de Liquidación y que renuncia expresamente a cualquier reclamación por el estado del activo, incluso la acción por saneamiento de vicios ocultos. A estos efectos se permitirá a los interesados que lo soliciten expresamente la comprobación del estado del activo. 

III.- Para poder concurrir a la subasta será necesario que los interesados en participar, con carácter previo a la misma, efectúen un depósito correspondiente al 3% del valor en la siguiente cuenta titularidad del Consejo General de los Procuradores de España de CAIXABANK S.A. ES41 2100 5731 7202 0024 0577 a través del carrito de depósitos que estará disponible en el anuncio de la subasta y siguiendo las instrucciones que aparecerán en el mismo. Dicha cantidad no deberá aportarse en metálico, sino por transferencia bancaria a la cuenta habilitada debidamente indicada en el anuncio de subasta. 

La confirmación del depósito y por tanto de las eventuales pujas que pudiere realizar el postor-depositante, quedarán supeditadas a la recepción del importe en la cuenta habilitada, siempre y cuando el ingreso efectivo conste en cuenta con anterioridad a la fecha de la finalización de la subasta. Igualmente, deberá estar incluido en dicho plazo el documento acreditativo del Certificado de titularidad de la cuenta bancaria. 

Una vez que el usuario agregue el justificante bancario de la transferencia del depósito en el Portal de Subastas, y conste en cuenta el importe del depósito, se procederá a su validación quedando habilitado para pujar en las subastas asociadas a dicho depósito. Asimismo, el usuario estará obligado a facilitar certificado de titularidad de la cuenta. 

Finalizada la subasta, a aquellos usuarios que no hayan sido adjudicatarios, se les devolverá la totalidad del importe depositado a la misma cuenta de la que proceda la transferencia inicial, en el plazo de diez días hábiles desde la finalización de la subasta. No se admitirá la designación de cuenta diferente a la de procedencia de la transferencia inicial, a los efectos de devolución del importe en los términos señalados. 

Tratándose del usuario que ha resultado adjudicatario, el depósito que hubiera realizado para poder participar en la subasta, quedará retenido en la cuenta habilitada para tal fin hasta que se produzca la firma de la adjudicación, o si por cualquier circunstancia dejara de ser el adjudicatario definitivo por causas no imputables a él, incluyendo el rechazo por parte del órgano encargado de la liquidación en el presente procedimiento de liquidación especial de su mejor postura, en cuyos casos se le devolvería el depósito realizado a la cuenta de procedencia de la transferencia inicial en el plazo de diez días hábiles desde la firma de la adjudicación o de la resolución de la causa no imputable. 

El depósito efectuado no formará parte del pago ni de la adjudicación ni de los gastos derivados de la misma. 

En caso de que finalmente el que resultare adjudicatario desistiese de su postura, perderá el depósito efectuado. 

En su caso, los acreedores con privilegio especial estarán exentos de depositar cantidad  alguna  al  efecto,  bastando  que  envíen  un  e-mail  a  la  cuenta [email protected] comunicando su interés para que se les habilite para intervenir en la subasta. 

IV.- Quien resulte adjudicatario del bien objeto de subasta acepta desde el momento de la participación en la subasta el estado físico y jurídico en que se encuentre el bien, sin que pueda revisarse el precio o desistir de la postura ofrecida por ninguna circunstancia, teniendo las ofertas realizadas carácter irrevocable. 

V.- Se determinan como fechas de inicio y fin de subasta las siguientes: 

  • Fecha y hora de inicio de la subasta: 07/10/2025 a las 12:00h.
  • Fecha y hora de finalización de subasta: 07/11/2025 a las 12:00 horas. 

Ello, no obstante, la subasta se prorrogará automáticamente si, dos minutos antes de la finalización de la misma, algún licitador efectuase una puja que mejorare la anterior, siendo dicha prórroga de dos minutos adicionales más, y así sucesivamente hasta que los licitadores concurrentes a la subasta dejaren de incrementar el precio de la mejor postura. 

VI.- El tipo a efectos de subasta del bien será, al menos, el establecido como "valor de liquidación" en el Plan de Liquidación presentado. 

La enajenación se llevará a cabo en forma de subasta, con puja mínima del 50% de su importe de valoración. 

VII.- Todos los gastos de la venta pública, inscripción y los derivados de la cancelación de cargas, y las deudas que, en su caso graven la finca, tales como, y sin carácter taxativo, gastos de comunidad, tasas de residuos y de IBI, serán de cuenta y cargo del adjudicatario conforme a Ley. 

Asimismo, los impuestos inherentes a la transmisión del bien serán satisfechos conforme a la normativa aplicable al tributo de que se trate. 

Los honorarios del Ilustre Colegio de Procuradores de Sevilla por la prestación de sus servicios en la subasta se publicitarán en el momento de la apertura del periodo de licitación, y a través de la propia plataforma donde se realiza la subasta, que, en todo caso, y en lo que se refiere al presente procedimiento, ascenderán al 3% más IVA del valor de adjudicación de los bienes subastados. 

El pago de dichos honorarios correrá a cargo del adjudicatario y no se detraerán de la puja efectuada, sino que deberán abonarse aparte en el momento del otorgamiento de la escritura de adjudicación. 

VIII.- Serán válidas cualesquiera notificaciones efectuadas a los usuarios que hayan concurrido a la subasta pública online en la dirección de correo electrónico que hubieran designado a efectos de recibir comunicaciones relativas a la subasta a la que libre y voluntariamente han participado, ya provengan dichas notificaciones del órgano encargado de la liquidación en el presente procedimiento especial, ya de la entidad especializada que lleve a cabo el desarrollo de la subasta pública online. 

IX.- Si alguna oferta superase el 75% del valor de referencia en inventario, se adjudicará automáticamente al ofertante, siempre que haya depositado el 10% de la oferta.

Se pondría en conocimiento a la entidad bancaria acreedora titular del privilegio especial, el importe ofertado por tercero mediante el envío de correo electrónico a la cuenta que haya facilitado al deudor, otorgándole un plazo de diez días para que pudiera mejorar la oferta. 

Las contraofertas deberán ser un 5 % superior, pudiéndose abrir un sistema de subastas sucesivas entre ofertantes todo ello en aras de obtener el mejor precio para los intereses del concurso. 

En el caso de que finalice el periodo establecido para las fases precedentes sin haberse procedido a la venta en las condiciones establecidas, se pasará a la siguiente fase. 

X.- Si la subasta termina satisfactoriamente, el órgano encargado de la liquidación en el presente procedimiento especial declarará aprobado el remate de la venta a favor del mejor postor, quien deberá abonar el precio íntegro de la venta de contado en el momento del otorgamiento de la escritura pública de compraventa, teniendo en cuenta previamente lo establecido en la condición IX de este pliego de condiciones. 

Se reconoce al acreedor con privilegio especial, si existiese, y que resulte mejor postor respecto del bien objeto de su garantía, el derecho de ceder el remate a un tercero. 

XI.- Si el postor designado adjudicatario del bien objeto de subasta no concurriese al otorgamiento de los documentos públicos o privados que resulten necesarios para la tradición de los mismos y pago del precio de remate en los términos anteriormente señalados, perderá el depósito efectuado, y el órgano encargado de la liquidación en el presente procedimiento especial podrá, con independencia de su derecho a exigir las responsabilidades que procedan por incumplimiento del antedicho mejor postor, abrir un nuevo período de licitación por plazo de 15 días el cual se notificará a los postores no adjudicatarios. 

XII.- La escritura pública de adjudicación deberá firmarse en el plazo de 60 días naturales desde que se declare aprobado el remate de la venta a favor del mejor postor teniendo en cuenta previamente lo establecido en la condición IX de este pliego de condiciones. 

XIII.- En cualquier caso, el órgano encargado de la liquidación en el presente procedimiento especial se reserva la facultad de desistir de la prosecución del procedimiento de subasta pública si el resultado de esta, según su criterio, fuere contrario al interés del concurso. Asimismo, podrá rechazar la postura final por su bajo importe o por circunstancias que considere en interés de la masa del concurso. 

XIV.- En todo lo no previsto en este escrito, la subasta se regirá conforme a los usos y reglas de la entidad especializada.

 

Vivienda en C/Virgen de Guadalupe 11 de Dos Hermanas, (Sevilla). FR 17368 RP Dos Hermanas nº 3

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