Skip to main content
Subastas Procuradores Subastas Procuradores Reloj
  • Buscar
  • Conócenos
    Que hacemos Premio Calidad de la Justicia
    Subastas procuradores
    Portal subastas Proyecto
  • Te ayudamos
    Ahora tú también puedes Preguntas frecuentes Normas
    Por perfiles
    Fondos de inversión Administrador concursal Abogado Procurador Letrado de la Administración de Justicia Particular
  • Proyecto
  • Registro
  • Acceso
  • Español
    • English
  • Reloj
Subasta
Seguir

33,33% de una parcela con edificación en C/Progreso y Derechos Humanos de Pizarra, (Málaga). FR 7833 RP Álora

Localización CL DERECHOS HUMANOS 22, Pizarra (Málaga) Referencia Referencia: HWAFB185 Inicio Inicio: 28/07/2025 12:00:00 Fin Fin: {{ bidEndDate | date }} 30/09/2025 18:00:00
Anterior Siguiente
Tipología Edificación
Para ver el estado actual de la máxima puja y la fecha de fin, haz clic  aquí para actualizar o recarga la página.
Pujar
Mejor postura
{{ maximumBid | currency }} -
Acaba en
Puja mínima
100.000,00 €
Valoración
500.000,00 €
Depósito: 15.000,00 €
Ver instrucciones
Condiciones particulares de la subasta
¿Necesitas ayuda?
[email protected] / tel. 661 911 612
LinkedIn Twitter
Características Gastos, impuestos y cargas Depósito Condiciones particulares Localización

Características

Solo es objeto del subasta el 1/3 del bien que se describe: 

Parcela de terreno señalada con el número 1, procedente de la denominada A", e ''AP", en término de Pizarra, de la Hacienda Vega de Puerto Hermoso, partido de la Ranea. Tiene una superficie de 1.000m² m. Sobre la misma están construyendo el siguiente inmueble: Edificación, compuesta de: Planta semisótano con una: superficie construida de 933m², con entrada principal por calle Derechos Humanos y dos salidas de emergencia a calle Progreso, y que se destina a discoteca, distribuida en diferentes dependencias y servicios. Planta baja, edificada sobre la planta de semisótano y a nivel de calle progreso, con acceso también desde calle Derechos Humanos, con una superficie de 581,37m², destinada o local de bar-restaurante, tablado flamenco y zona de almacén para ambos negocios, distribuida en diferentes dependencias, además en esta planta, en los espacios libres del solar de emplazamiento, existe una zona destinada a terraza con. superficie de 351,63m². Y planta alta sobre la zona destinada en planta baja a tablado, que consiste en un cuerpo o planta destinada a dos viviendas distribuidas en diferentes dependencias y servicios, cada una de las cuales mide una superficie de 141,16m², más 33,10m² también a cada una de ellas, de terraza. Sus linderos sor. los mismos que los del solar de emplazamiento.

Referencia catastral: 7507109UF4770N0001AH. 

Ubicación

CL DERECHOS HUMANOS 22, 29560 Pizarra (Málaga). Ver mapa

Visitas

No permite visitas

Situación posesoria

Vivienda habitual del concursado.

Porcentaje de propiedad

33,33 %

Datos registrales

Registro: Álora
Finca: 7833
Tomo: 727
Libro: 86
Folio: 99
Inscripción: 1
IDUFIR: 29001000334756
Referencia catastral: 7507109UF4770N0001AH

Gastos, impuestos y cargas

Cargas y gravámenes

Sí - La venta en subasta pública 1/3 de titularidad del bien que se encuentra gravado con hipoteca se realizará con SUBSISTENCIA DE DICHA CARGA HIPOTECARIA, al igual que aquellas que sean inherentes a la finca (tales como usufructos, servidumbres, afecciones etc.). Sólo serán cancelados judicialmente aquellos embargos que pesen sobre el 1/3 de titularidad del bien. La cancelación de los embargos se llevará a cabo mediante mandamiento cancelatorio librado por el Juez del concurso, a petición de la Administración Concursal, una vez acreditada la transmisión de la finca. El mandamiento de cancelación que se dicte supondrá la minoración de la deuda sin que se produzca distribución hipotecaria. En consecuencia, el importe del crédito hipotecario será minorado con el importe de adjudicación.  El bien objeto de subasta se enajena únicamente en cuanto al 1/3 de la titularidad del bien, debiendo de tenerse en cuenta las limitaciones establecidas en los Artículos 1521 a 1525 (y concordantes) del Código Civil en cuanto a la posibilidad de ejercicio del derecho de adquisición preferente del copropietario de este.

Deudas de comunidad

No

Deudas de IBI

Sí - Existen deudas pendientes en concepto de IBI desde 2008 a 2024 por importe de 94.523,00 euros. La cuantía es orientativa y puede variar en el momento de la transmisión del bien. Dicha deuda será por cuenta y cargo del adjudicatario.

Impuestos

No están incluidos los impuestos que puedan gravar la compraventa (como el I.V.A., el I.T.P. o A.J.D.)

Gastos de gestión

3,00 % , (I.V.A. no incluido). No incluido en el precio de adjudicación.

Depósito

Depósito

15.000,00 €

Estado

Debes hacer un depósito por valor de 15.000,00 € para poder realizar una puja.

Para ello debes agregar esta subasta a tu carrito de depósitos y así obtener las instrucciones para confirmar tu depósito.

Iniciar sesión para obtener instrucciones
Depósito pendiente de validar
Ver depósito

Condiciones particulares

Condiciones particulares de la subasta

Localización

Condiciones particulares de la subasta

I.-  La presente subasta tiene lugar dentro de un procedimiento concursal.

II.- La venta en subasta pública 1/3 de titularidad del bien que se encuentra gravado con hipoteca se realizará con SUBSISTENCIA DE DICHA CARGA HIPOTECARIA, al igual que aquellas que sean inherentes a la finca (tales como usufructos, servidumbres, afecciones etc.). 

Sólo serán cancelados judicialmente aquellos embargos que pesen sobre el 1/3 de titularidad del bien. La cancelación de los embargos se llevará a cabo mediante mandamiento cancelatorio librado por el Juez del concurso, a petición de la Administración Concursal, una vez acreditada la transmisión de la finca. El mandamiento de cancelación que se dicte supondrá la minoración de la deuda sin que se produzca distribución hipotecaria. En consecuencia, el importe del crédito hipotecario será minorado con el importe de adjudicación. 

El bien objeto de subasta se enajena únicamente en cuanto al 1/3 de la titularidad del bien, debiendo de tenerse en cuenta las limitaciones establecidas en los Artículos 1521 a 1525 (y concordantes) del Código Civil en cuanto a la posibilidad de ejercicio del derecho de adquisición preferente del copropietario de este. 

III.- Para poder concurrir a la subasta será necesario que los interesados en participar, con carácter previo a la misma, efectúen un depósito correspondiente al 3% del valor en la siguiente cuenta titularidad del Consejo General de los Procuradores de España de CAIXABANK S.A. ES41 2100 5731 7202 0024 0577 a través del carrito de depósitos que estará disponible en el anuncio de la subasta y siguiendo las instrucciones que aparecerán en el mismo. Dicha cantidad no deberá aportarse en metálico, sino por transferencia bancaria a la cuenta habilitada debidamente indicada en el anuncio de subasta. 

La confirmación del depósito y por tanto de las eventuales pujas que pudiere realizar el postor- depositante, quedarán supeditadas a la recepción del importe en la cuenta habilitada, siempre y cuando el ingreso efectivo conste en cuenta con anterioridad a la fecha de la finalización de la subasta. Igualmente, deberá estar incluido en dicho plazo el documento acreditativo del Certificado de titularidad de la cuenta bancaria. 

Una vez que el usuario agregue el justificante bancario de la transferencia del depósito en el Portal de Subastas, y conste en cuenta el importe del depósito, se procederá a su validación quedando habilitado para pujar en las subastas asociadas a dicho depósito. Asimismo, el usuario estará obligado a facilitar certificado de titularidad de la cuenta.

Finalizada la subasta, a aquellos usuarios que no hayan sido adjudicatarios, se les devolverá la totalidad del importe depositado a la misma cuenta de la que proceda la transferencia inicial, en el plazo de diez días hábiles desde la finalización de la subasta. No se admitirá la designación de cuenta diferente a la de procedencia de la transferencia inicial, a los efectos de devolución del importe en los términos señalados. 

Tratándose del usuario que ha resultado adjudicatario, el depósito que hubiera realizado para poder participar en la subasta, quedará retenido en la cuenta habilitada para tal fin hasta que se produzca la firma de la adjudicación, o si por cualquier circunstancia dejara de ser el adjudicatario definitivo por causas no imputables a él, incluyendo el rechazo por parte de la AC de su mejor postura, en cuyos casos se le devolvería el depósito realizado a la cuenta de procedencia de la transferencia inicial en el plazo de diez días hábiles desde la firma de la adjudicación o de la resolución de la causa no imputable. 

El depósito efectuado no formará parte del pago ni de la adjudicación ni de los gastos derivados de la misma. 

En caso de que finalmente el que resultare adjudicatario desistiese de su postura, perderá el depósito efectuado. 

IV.- Quien resulte adjudicatario del bien objeto de subasta habrá de aceptar el estado físico y jurídico en que se encuentre el bien, sin que pueda revisarse el precio o desistir de la postura ofrecida por ninguna circunstancia, teniendo las ofertas realizadas carácter irrevocable. 

El inmueble objeto de enajenación es la vivienda habitual del concursado. 

V.- Se determinan como fechas de inicio y fin de subasta las siguientes: 

  • Fecha y hora de inicio de la subasta: 28 de julio de 2025 a las 12:00h.
  • Fecha y hora de finalización de subasta: 30 de septiembre de 2025 a las 18:00 horas. 

Ello, no obstante, la subasta se prorrogará automáticamente si, dos minutos antes de la finalización de esta, algún licitador efectuase una puja que mejorare la anterior, siendo dicha prórroga de dos minutos adicionales más, y así sucesivamente hasta que los licitadores concurrentes a la subasta dejaren de incrementar el precio de la mejor postura. 

VI.- El tipo a efectos de subasta del bien será, al menos, el establecido como "valor de liquidación" por la Administración Concursal, según el inventario de bienes y derechos presentado por la Administración Concursal. 

La enajenación se llevará a cabo en forma de subasta estableciéndose una puja mínima del 20% del valor del tercio del inmueble ( 100.000 euros). 

No obstante, la Administración Concursal estará facultada para rechazar cualquier oferta que por su importe pueda entender no atiende al interés de la masa del concurso. 

Queda a salvo el derecho de adquisición preferente o acción de retracto legal que la Ley confiere al copropietario al que le será comunicado el resultado de la subasta a los efectos de que en el plazo establecido en los Artículos 1521 a 1524 del Código Civil, pueda manifestar expresamente si decide ejercer su derecho de retracto legal, sometiéndose expresamente a las condiciones particulares de la presente subasta y subrogándose en dicho caso en la posición del mejor postor habido en la subasta. 

El incremento entre pujas se establece en 1.000,00 €. 

VII.- Todos los gastos de la venta pública, inscripción y los derivados de la cancelación de cargas, que, en su caso graven la finca, serán de cuenta y cargo del adjudicatario y que son los que a continuación se indican:

I. Ibis pendientes de pago, abastecimiento de aguas u otros impuestos municipales, a fecha de presentación de este escrito, ascienden al importe de 94.523,00 € y por los años 2008-2024 que deberán de ser pagados en su totalidad el día de la elevación a público del contrato de compraventa por el adquirente.

II. Asimismo, el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana será abonado por el adquirente, y deberá de justificar el pago en el plazo de 45 días naturales desde la fecha de la elevación a público del contrato de compraventa. 

III. Los honorarios del Consejo General de Procuradores de España por la prestación de sus servicios en la subasta se publicitarán en el momento de la apertura del periodo de licitación, y a través de la propia plataforma donde se realiza la subasta, que, en todo caso, y en lo que se refiere al presente procedimiento, ascenderán al 3% más IVA del valor de adjudicación del bien subastado. 

El pago de dichos honorarios correrá a cargo del adjudicatario y no se detraerán del de pósito para poder pujar, sino que deberán abonarse aparte en el momento del otorgamiento de la escritura de adjudicación. 

El depósito que se haya realizado para poder pujar será devuelto por la entidad especializada al adquirente en el plazo de 10 días desde que se eleve a público la compraventa. 

VIII.- Serán válidas cualesquiera notificaciones efectuadas a los usuarios que hayan concurrido a la subasta pública online en la dirección de correo electrónico que hubieran designado a efectos de recibir comunicaciones relativas a la subasta a la que libre y voluntariamente han participado, ya provengan dichas notificaciones de la Administración Concursal, ya de la entidad especializada que lleve a cabo el desarrollo de la subasta pública online. 

IX.- Si la subasta termina satisfactoriamente, la Administración Concursal declarará aprobado el remate de la venta a favor del mejor postor, quien deberá abonar el precio íntegro de la venta de contado en el momento del otorgamiento de la escritura pública de compraventa, todo ello con las salvedades indicadas en la Condición VI.

En el caso de que se ejerciera su derecho de retracto legal por parte del copropietario, y en consecuencia se subrogase en la posición del mejor postor de la subasta, se comunicará a este último, y se procederá a la devolución del depósito efectuado para participar en el plazo establecido en la Condición III, Párrafo 6º. 

X.- Si el mejor postor designado adjudicatario del bien objeto de subasta no concurriese al otorgamiento de los documentos públicos o privados que resulten necesarios para la tradición de los mismos y pago del precio de remate, perderá el depósito efectuado, y la Administración Concursal podrá, con independencia de su derecho a exigir las responsabilidades que procedan por incumplimiento del antedicho mejor postor, abrir un nuevo período de licitación por plazo de 15 días el cual se notificará a los postores no adjudicatarios. 

XI.- La escritura pública de adjudicación deberá firmarse en el plazo de 60 días naturales desde que la Administración Concursal declare aprobado el remate de la venta a favor del mejor postor. 

XII.- En cualquier caso, la Administración Concursal se reserva la facultad de desistir de la prosecución del procedimiento de subasta pública si el resultado de esta, según su criterio, fuere contrario al interés del concurso. Asimismo, la Administración Concursal podrá rechazar la postura final por su bajo importe o por circunstancias que considere en interés de la masa del concurso, con las salvedades señaladas en el Apartado IX de las presentes condiciones particulares. 

XIII.- En todo lo no previsto en este escrito, la subasta se regirá conforme a los usos y reglas de la entidad especializada. 

XIV.- El proceso de subasta será Protocolizado por el Ilustre Notario D. Pedro Gutiérrez Moreno, el cual dejará constancia, mediante Acta Notarial, de todo lo que acontezca durante el proceso.

33,33% de una parcela con edificación en C/Progreso y Derechos Humanos de Pizarra, (Málaga). FR 7833 RP Álora

La puja mínima actualmente es de {{ minimumBidWithIncrement | currency }} La puja máxima actualmente es de {{ maximumBid | currency }}
La puja mínima actualmente es de {{ minimumBid | currency }}
€

Vas a realizar una puja por valor de {{ amount | currency }} en representación de

La puja que has introducido es un {{calculatePercent}}% superior a la postura actual. ¿Estás seguro que deseas realizar una puja por este importe?

La puja que has introducido es un {{calculatePercent}}% superior a la postura actual. En esta subasta no están permitidas pujas que superen en más de un 25% el importe de la mejor postura actual.

Conectando con el servidor Guardando la puja Seguimos guardando la puja. Esto puede tardar un poco. Por favor, espera.
  • {{error}}
  • Buscar
  • Normas
  • Preguntas frecuentes
  • Contacto
  • Términos y condiciones
  • Aviso legal
  • Política de privacidad
  • Cookies
  • Consejo General de Procuradores de España
  • Portal galardonado por el Premio Calidad de la Justicia 2016
  • Cercitificado ENS categoría básica
©2025 Subastas Procuradores. Todos los derechos reservados.
  • LinkedIn
  • Twitter