Skip to main content
Subastas Procuradores Subastas Procuradores Reloj
  • Buscar
  • Conócenos
    Que hacemos Premio Calidad de la Justicia
    Subastas procuradores
    Portal subastas Proyecto
  • Te ayudamos
    Ahora tú también puedes Preguntas frecuentes Normas
    Por perfiles
    Fondos de inversión Administrador concursal Abogado Procurador Letrado de la Administración de Justicia Particular
  • Proyecto
  • Registro
  • Acceso
  • Español
    • English
  • Reloj
Subasta
Seguir

Almacén en C/ Solanilla 45 de Gascueña de Bornova, (Guadalajara). FR 1228 RP Sigüenza

Localización Calle Solanilla 45, Gascueña de Bornova (Guadalajara) Referencia Referencia: D3D5DMXZ Inicio Inicio: 24/09/2025 12:00:00 Fin Fin: {{ bidEndDate | date }} 24/10/2025 12:00:00
Anterior Siguiente
Tipología Edificación
Para ver el estado actual de la máxima puja y la fecha de fin, haz clic  aquí para actualizar o recarga la página.
Pujar
Mejor postura
{{ maximumBid | currency }} -
Acaba en
Puja mínima
0,00 €
Valoración
5.435,00 €
Depósito: 163,05 €
Ver instrucciones
Condiciones particulares de la subasta
¿Necesitas ayuda?
[email protected] / tel. 661 911 612
LinkedIn Twitter
Características Gastos, impuestos y cargas Documentación Depósito Condiciones particulares Localización

Características

Almacén de planta baja y primera en calle Solanilla 45 sobre un solar de ciento sesenta y cuatro metros cuadrados en el término Municipal de Gascueña de Bornova-Guadalajara. Tiene una superficie total construida de doscientos treinta y dos metros cuadrados correspondiente a cada planta ciento dieciséis metros cuadrados. El resto no ocupado por la edificación se destina a patio. Linda: derecha entrando calle Mayor 14 y calle de su situación; Izquierda, Plaza Mayor 36, 35 y 34; Fondo calle Mayor 6, 8, 10 y 12 y calle Mayor y Frente calle de su
situación.

Referencia catastral, artículo 45 Ley Catastro: 8447602VL9584N0001FA.

La representación gráfica de esta finca y la lista de coordenadas de sus vértices consta inscrita en el Registro con fecha veintisiete de octubre del año dos mil veintiuno.

CARGAS:

- Limitación Urbanística: La inscripción ha sido practicada por el procedimiento previsto en el apartado cuarto del artículo 28 del Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación
Urbana, para el caso de construcciones, edificaciones e instalaciones respecto de las cuales ya no proceda adoptar medidas de restablecimiento de la legalidad urbanística que impliquen su demolición, por haber transcurrido los plazos de prescripción correspondientes.
De conformidad con el citado artículo, se ha notificado al ayuntamiento competente, con el fin de que dicte la resolución necesaria para hacer constar en el Registro de la Propiedad, por nota al margen de la inscripción de la declaración de obra nueva, la concreta situación urbanística de la misma, con la delimitación de su contenido e indicación expresa de las limitaciones que imponga al propietario.

Formalizada en escritura autorizada por el/la notario xxx xxx xxx, protocolo 667, el día dieciocho de agosto del año dos mil veintiuno NOTA NUMERO: 1 MARGEN: 1

CON AFECCIONES VIGENTES

Ubicación

Calle Solanilla 45, 19243 Gascueña de Bornova (Guadalajara). Ver mapa

Visitas

Desconocido

Situación posesoria

Se desconoce.

Datos registrales

Registro: Sigüenza
Finca: 1228
Tomo: 1316
Libro: 10
Folio: 88
Inscripción: 1ª
IDUFIR: 19009000942080
Referencia catastral: 8447602VL9584N0001FA

Gastos, impuestos y cargas

Cargas y gravámenes

Sí - La venta en subasta pública de los bienes se realizará, en todo caso, en estado de libre de cargas y gravámenes, con excepción de aquellas que sean inherentes a las fincas (tales como servidumbres, afecciones URBANÍSTICAS…).

Deudas de comunidad

No - No hay constituida CCPP.

Deudas de IBI

Sí - Existen deudas pendientes en concepto de IBI por importe aproximado de 77,75 euros correspondiente al ejercicio de 2023. La cuantía es orientativa y puede variar en el momento de la transmisión del bien por el devengo de ejercicios anteriores o posteriores.

Impuestos

No están incluidos los impuestos que puedan gravar la compraventa (como el I.V.A., el I.T.P. o A.J.D.)

Gastos de gestión

3,00 % , (I.V.A. no incluido). No incluido en el precio de adjudicación.

Documentación

Ficha catastral

Depósito

Depósito

163,05 €

Estado

Debes hacer un depósito por valor de 163,05 € para poder realizar una puja.

Para ello debes agregar esta subasta a tu carrito de depósitos y así obtener las instrucciones para confirmar tu depósito.

Iniciar sesión para obtener instrucciones
Depósito pendiente de validar
Ver depósito

Condiciones particulares

Condiciones particulares de la subasta

Localización

Subastas relacionadas

Subasta
Valoración: 22.940,16 €
Vehículo Peugeot matrícula 1665-LJB

Vehículo Peugeot matrícula 1665-LJB

Turismo
San Vicenç de Montalt (Barcelona)
Ref. Z0E831X5 Fin: 24/10/2025 12:00:00
Puja mínima 0,00 €
Acaba en
Ver todas

Condiciones particulares de la subasta

I.-  La presente subasta tiene lugar dentro de un procedimiento concursal.

II.- La venta en subasta pública de los bienes se realizará, en todo caso, en estado de libre de cargas y gravámenes, con excepción de aquellas que sean inherentes a las fincas (tales como servidumbres, afecciones…).

Los mandamientos de cancelación de cargas únicamente se emitirán por el Juzgado una vez se aporte por la Administración Concursal la acreditación de la efectiva adjudicación del bien. 

III.- Para poder concurrir a la subasta será necesario que los interesados en participar, con carácter previo a la misma, efectúen un depósito correspondiente al 3% del valor en la siguiente cuenta titularidad del Consejo General de los Procuradores de España de CAIXABANK S.A. ES41 2100 5731 7202 0024 0577 a través del carrito de depósitos que estará disponible en el anuncio de la subasta y siguiendo las instrucciones que aparecerán en el mismo. Dicha cantidad no deberá aportarse en metálico, sino por transferencia bancaria a la cuenta habilitada debidamente indicada en el anuncio de subasta. 

La confirmación del depósito y por tanto de las eventuales pujas que pudiere realizar el postor-depositante, quedarán supeditadas a la recepción del importe en la cuenta habilitada, siempre y cuando el ingreso efectivo conste en cuenta con anterioridad a la fecha de la finalización de la subasta. Igualmente, deberá estar incluido en dicho plazo el documento acreditativo del Certificado de titularidad de la cuenta bancaria. 

Una vez que el usuario agregue el justificante bancario de la transferencia del depósito en el Portal de Subastas, y conste en cuenta el importe del depósito, se procederá a su validación quedando habilitado para pujar en las subastas asociadas a dicho depósito. Asimismo, el usuario estará obligado a facilitar certificado de titularidad de la cuenta. 

Finalizada la subasta, a aquellos usuarios que no hayan sido adjudicatarios, se les devolverá la totalidad del importe depositado a la misma cuenta de la que proceda la transferencia inicial, en el plazo de diez días hábiles desde la finalización de la subasta. No se admitirá la designación de cuenta diferente a la de procedencia de la transferencia inicial, a los efectos de devolución del importe en los términos señalados. 

Tratándose del usuario que ha resultado adjudicatario, el depósito que hubiera realizado para poder participar en la subasta, quedará retenido en la cuenta habilitada para tal fin hasta que se produzca la firma de la adjudicación, o si por cualquier circunstancia dejara de ser el adjudicatario definitivo por causas no imputables a él, incluyendo el rechazo por parte de la AC de su mejor postura, en cuyos casos se le devolvería el depósito realizado a la cuenta de procedencia de la transferencia inicial en el plazo de diez días hábiles desde la firma de la adjudicación o de la resolución de la causa no imputable. 

El depósito efectuado no formará parte del pago ni de la adjudicación ni de los gastos derivados de la misma. 

En caso de que finalmente el que resultare adjudicatario desistiese de su postura, perderá el depósito efectuado. 

En su caso, los acreedores con privilegio especial estarán exentos de depositar cantidad alguna al efecto, bastando que envíen un e- mail a la cuenta [email protected] comunicando su interés para que se les habilite para intervenir en la subasta. 

IV.- Quien resulte adjudicatario de los bienes objeto de subasta habrá de aceptar el estado físico y jurídico en que se encuentren los bienes, sin que pueda revisarse el precio o desistir de la postura ofrecida por ninguna circunstancia, teniendo las ofertas realizadas carácter irrevocable. 

El adjudicatario renuncia expresamente a cualquier reclamación por el estado del activo del concursado, incluso a la acción por saneamiento de vicios ocultos. A estos efectos, el concursado permitirá a los potenciales interesados la comprobación del estado del activo. 

V.- Se determinan como fechas de inicio y fin de subasta las siguientes: 

  • Fecha y hora de inicio de la subasta: 24 de septiembre de 2025 a las 12:00h.
  • Fecha y hora de finalización de subasta: 24 de octubre de 2025 a las 12:00 horas. 

Ello, no obstante, la subasta se prorrogará automáticamente si, dos minutos antes de la finalización de la misma, algún licitador efectuase una puja que mejorare la anterior, siendo dicha prórroga de dos minutos adicionales más, y así sucesivamente hasta que los licitadores concurrentes a la subasta dejaren de incrementar el precio de la mejor postura. 

VI.- El tipo a efectos de subasta del bien será, al menos, el establecido como "valor de liquidación" por la Administración Concursal, según el inventario de bienes y derechos presentado por la Administración Concursal.

La enajenación se llevará a cabo en forma de subasta, sin sujeción a puja mínima. 

La Administración Concursal estará facultada para rechazar cualquier oferta que por su importe pueda entender no atiende al interés de la masa del concurso. 

VII.- Todos los gastos de la venta pública, inscripción y los derivados de la cancelación de cargas, y las deudas que, en su caso graven la finca, tales como, y sin carácter taxativo, gastos de comunidad y de IBI, así como los gastos de retirada y transporte de los bienes y regularización de la situación jurídica del vehículo, tales como tramitación de cambios de titularidad, obtención del permiso de circulación, en caso de pérdida del documento, Inspecciones Técnicas del Vehículo y tramitación de altas y bajas del Seguro de Responsabilidad correspondiente, serán de cuenta y cargo del adjudicatario. 

Asimismo, los impuestos inherentes a la transmisión del bien serán satisfechos por el adjudicatario sin que ello implique alteración del sujeto pasivo, que se determinará conforme a la normativa aplicable al tributo de que se trate. 

Los honorarios del Consejo General de Procuradores de España por la prestación de sus servicios en la subasta se publicitarán en el momento de la apertura del periodo de licitación, y a través de la propia plataforma donde se realiza la subasta, que, en todo caso, y en lo que se refiere al presente procedimiento, ascenderán al 3% más IVA del valor de adjudicación del bien inmueble subastado y del 15 % más IVA del valor de adjudicación del bien mueble subastado. 

El pago de dichos honorarios correrá a cargo del adjudicatario y no se detraerán de la puja efectuada, sino que deberán abonarse aparte en el momento del otorgamiento de la escritura de adjudicación o documento de formalización de la venta. 

VIII.- Serán válidas cualesquiera notificaciones efectuadas a los usuarios que hayan concurrido a la subasta pública online en la dirección de correo electrónico que hubieran designado a efectos de recibir comunicaciones relativas a la subasta a la que libre y voluntariamente han participado, ya provengan dichas notificaciones de la Administración Concursal, ya de la entidad especializada que lleve a cabo el desarrollo de la subasta pública online.

IX.- Si la subasta termina satisfactoriamente, la Administración Concursal declarará aprobado el remate de la venta a favor del mejor postor, quien deberá abonar el precio íntegro de la venta de contado en el otorgamiento de la escritura de adjudicación o documento de formalización de la venta. 

X.- Si el mejor postor designado adjudicatario del bien objeto de subasta no concurriese al otorgamiento de los documentos públicos o privados que resulten necesarios para la tradición de los mismos y pago del precio de remate, perderá el depósito efectuado, y la Administración Concursal podrá, con independencia de su derecho a exigir las responsabilidades que procedan por incumplimiento del antedicho mejor postor, declarar adjudicatario a los subsiguientes mejores postores habidos en la subasta pública celebrada, por el orden de sus respectivas posturas. 

XI.- El otorgamiento de la escritura de adjudicación o documento de formalización de la venta. deberá firmarse en el plazo de 30 días naturales desde que la Administración Concursal declare aprobado el remate de la venta a favor del mejor postor. 

XII.- En cualquier caso, la Administración Concursal se reserva la facultad de desistir de la prosecución del procedimiento de subasta pública si el resultado de esta, según su criterio, fuere contrario al interés del concurso. Asimismo, la Administración Concursal podrá rechazar la postura final por su bajo importe o por circunstancias que considere en interés de la masa del concurso. 

XIII.- La Administración Concursal, concluida la subasta sin la realización de los bienes, podrá repetir una vez el proceso de venta en subasta pública siempre con respeto a las bases mínimas establecidas en los apartados anteriores. 

XIV.- En todo lo no previsto en este escrito, la subasta se regirá conforme a los usos y reglas de la entidad especializada.

Almacén en C/ Solanilla 45 de Gascueña de Bornova, (Guadalajara). FR 1228 RP Sigüenza

La puja mínima actualmente es de {{ minimumBidWithIncrement | currency }} La puja máxima actualmente es de {{ maximumBid | currency }}
La puja mínima actualmente es de {{ minimumBid | currency }}
€

Vas a realizar una puja por valor de {{ amount | currency }} en representación de

La puja que has introducido es un {{calculatePercent}}% superior a la postura actual. ¿Estás seguro que deseas realizar una puja por este importe?

La puja que has introducido es un {{calculatePercent}}% superior a la postura actual. En esta subasta no están permitidas pujas que superen en más de un 25% el importe de la mejor postura actual.

Conectando con el servidor Guardando la puja Seguimos guardando la puja. Esto puede tardar un poco. Por favor, espera.
  • {{error}}
  • Buscar
  • Normas
  • Preguntas frecuentes
  • Contacto
  • Términos y condiciones
  • Aviso legal
  • Política de privacidad
  • Cookies
  • Consejo General de Procuradores de España
  • Portal galardonado por el Premio Calidad de la Justicia 2016
  • Cercitificado ENS categoría básica
©2025 Subastas Procuradores. Todos los derechos reservados.
  • LinkedIn
  • Twitter