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Subasta
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Vivienda unifamiliar adosada en C/ Avellaners, de La Pobla de Montornés (Tarragona). FR 3223 RP Torredembarra

Localización CL AVELLANERS DELS 68 Es:B Pl:00 Pt:01, La Pobla de Montornés (Tarragona) Referencia Referencia: 261WKBZK Inicio Inicio: 18/09/2023 12:00:00 Fin Fin: {{ bidEndDate | date }} 18/10/2023 18:00:00
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Tipología Casa / Chalet
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Mejor postura
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Acaba en
Puja mínima
0,00 €
Valoración
160.000,00 €
No requiere depósito
Condiciones particulares de la subasta
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[email protected] / tel. 661 911 612
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Características Gastos, impuestos y cargas Documentación Condiciones particulares Localización

Características

Casa / Chalet

Vivienda unifamiliar adosada, casa 8, que es la de la izquierda según se mira de frente, desde la calle de su situación, en el térrmino de la Pobla de Montornés, con frente a la calle dels Avellaners, número 68.

Consta de planta nivelación, destinada a garaje, planta baja, destinada a pérgola y vivienda y planta piso, destinada también a pérgola y vivienda, distribuido todo ello en varias dependencias y servicios. Las plantas destinadas a vivienda se comunican entre sí mediante una escalera vertical interior.

La total superficie construida está distribuida de la siguiente forma: planta nivelación: 23,71 m²;planta baja: 50,94 m² de viviendas, más 8,64 m² de pérgola, lo que hace un total en esta planta de 59,58 m².; planta piso: 38,14 m² de vivienda  más 8,41 m² de pérgola, lo que hace un total en esta planta de 46,55 m².

Le corresponde el uso exclusivo y privativo de zona ajardinada, debidamente vallada y delimitada, sita al frente, izquierda entrando y fondo de la vivienda.

Nota: Existen deudas pendientes en concepto de IBI y otras tasas que en conjunto suman el importe de 7.958,56 euros (ver documento adjunto). La cuantía es orientativa y puede variar en el momento de la transmisión del bien. Dicha deuda será por cuenta y cargo del adjudicatario.

Ubicación

CL AVELLANERS DELS 68 Es:B Pl:00 Pt:01, 43761 La Pobla de Montornés (Tarragona). Ver mapa

Visitas

Desconocido

Situación posesoria

Se desconoce.

Datos registrales

Registro: Torredembarra
Finca: 3223
Tomo: 1412
Libro: 64
Folio: 21
Inscripción: 3
IDUFIR: 43027000037244
Referencia catastral: 6321101CF6662S0003US

Datos casa / chalet

Año de construcción: 2005

Gastos, impuestos y cargas

Cargas y gravámenes

Sí - La finca está gravada con HIPOTECAS y EMBARGOS. No obstante, se transmite libre de cargas y gravámenes, salvo de aquellas que sean inherentes a la finca (tales como servidumbres, afecciones, etc…). La cancelación de las hipotecas se llevará a cabo bien mediante la comparecencia del acreedor hipotecario al acto del otorgamiento de la escritura de adjudicación para recibir el precio y cancelar la carga, o bien junto a la cancelación del embargo que se llevará a cabo mediante mandamiento cancelatorio librado por el Juez del concurso, a petición de la Administración Concursal, una vez acreditada la transmisión de la finca.

Deudas de comunidad

No

Deudas de IBI

Sí

Impuestos locales

Sí

Impuestos

No están incluidos los impuestos que puedan gravar la compraventa (como el I.V.A., el I.T.P. o A.J.D.)

Gastos de gestión

3,00 % , (I.V.A. no incluido). No incluido en el precio de adjudicación.

Documentación

Desglose de deudas

Ficha catastral

Condiciones particulares

Condiciones particulares de la subasta

Localización

Condiciones particulares de la subasta

I.- La subasta se celebra dentro de un procedimiento concursal.

De conformidad con lo establecido en el Auto de fecha 16 de mayo de 2023, la subasta se celebrará sobre la totalidad de la finca de referencia de forma coordinada con el concurso del cónyuge titular del otro 50%, Dª María Lina Castro Piedrahita, que se tramita ante este mismo Juzgado, Autos 72/2022.


II.- La venta en subasta pública de los bienes se realizará, en todo caso, en estado de libre de cargas y gravámenes.


III.- Para poder concurrir a la subasta no será necesario que los interesados en participar, efectúen depósito alguno.


IV.- Quien resulte adjudicatario de los bienes objeto de subasta habrá de aceptar el estado físico y jurídico en que se encuentren los bienes, sin que pueda revisarse el precio o desistir de la postura ofrecida por ninguna circunstancia, teniendo las ofertas realizadas carácter irrevocable.


V.- Se determinan como fechas de inicio y fin de subasta las siguientes:


1) Fecha y hora de inicio de la subasta: 18/09/2023 a las 12:00h.
2) Fecha y hora de finalización de subasta: 18/10/2023 a las 18:00 horas.


Ello, no obstante, la subasta se prorrogará automáticamente si, dos minutos antes de la finalización de la misma, algún licitador efectuase una puja que mejorare la anterior, siendo dicha prórroga de dos minutos adicionales más, y así sucesivamente hasta que los licitadores concurrentes a la subasta dejaren de incrementar el precio de la mejor postura.


VI.- El tipo a efectos de subasta del bien será, al menos, el establecido como "valor de liquidación" por la Administración Concursal, según el inventario de bienes y derechos presentado por la Administración Concursal.


La enajenación se llevará a cabo en forma de subasta sin puja mínima.


El incremento entre pujas se establece en 2.000€.


VII.- Todos los gastos de la venta pública, inscripción y los derivados de la cancelación de cargas y las deudas, tales como, y sin carácter taxativo, gastos de comunidad y de IBI, incluida la Plusvalía, serán de cuenta y cargo del adjudicatario


Asimismo, los impuestos inherentes a la transmisión del bien serán satisfechos por el adjudicatario sin que ello implique alteración del sujeto pasivo, que se determinará conforme a la normativa aplicable al tributo de que se trate.


Los honorarios del Ilustre Colegio de Procuradores de Barcelona prestación de sus servicios en la subasta se publicitarán en el momento de la apertura del periodo de licitación, y a través de la propia plataforma donde se realiza la subasta, que, en todo caso, y en lo que se refiere al presente procedimiento, ascenderán al 3% más IVA del valor de adjudicación de los bienes subastados.


El pago de dichos honorarios correrá a cargo del adjudicatario y no se detraerán de la puja efectuada, sino que deberán abonarse aparte en el momento del otorgamiento de la escritura de adjudicación.


VIII.- Serán válidas cualesquiera notificaciones efectuadas a los usuarios que hayan concurrido a la subasta pública online en la dirección de correo electrónico que hubieran designado a efectos de recibir comunicaciones relativas a la subasta a la que libre y voluntariamente han participado, ya provengan dichas notificaciones de la Administración Concursal, ya de la entidad especializada que lleve a cabo el desarrollo de la subasta pública online.


IX.- Si la subasta termina satisfactoriamente, la Administración Concursal declarará aprobado el remate de la venta a favor del mejor postor, quien deberá abonar el precio íntegro de la venta de contado en el momento del otorgamiento de la escritura pública de compraventa.


Se reconoce al acreedor con privilegio especial, si existiese, y que resulte mejor postor respecto del bien objeto de su garantía, el derecho de ceder el remate a un tercero.


X.- Si el mejor postor designado adjudicatario de los bienes objeto de subasta no concurriese al otorgamiento de los documentos públicos o privados que resulten necesarios para la tradición de los mismos y pago del precio de remate, perderá el depósito efectuado, y la Administración Concursal podrá, con independencia de su derecho a exigir las responsabilidades que procedan por incumplimiento del antedicho mejor postor, declarará adjudicatario a los subsiguientes mejores postores habidos en la subasta pública celebrada, por el orden de sus respectivas posturas


XI.-. La escritura pública de adjudicación deberá firmarse en el plazo de 45 días naturales desde que la Administración Concursal declare aprobado el remate de la venta a favor del mejor postor.


XII.- En cualquier caso, la Administración Concursal se reserva la facultad de desistir de la prosecución del procedimiento de subasta pública si el resultado de esta, según su criterio, fuere contrario al interés del concurso. Asimismo, la Administración Concursal podrá rechazar la postura final por su bajo importe o por circunstancias que considere en interés de la masa del concurso, con las salvedades señaladas en el Apartado IX de las presentes condiciones particulares.


XIII.- En todo lo no previsto en este escrito, la subasta se regirá conforme a los usos y reglas de la entidad especializada.

Vivienda unifamiliar adosada en C/ Avellaners, de La Pobla de Montornés (Tarragona). FR 3223 RP Torredembarra

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