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Subasta
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Lote de maquinaria, mobiliario y equipo informático

Localización Carrer Esperanto 5, Valls (Tarragona) Referencia Referencia: 75194ZBY Inicio Inicio: 14/03/2023 12:00:00 Fin Fin: {{ bidEndDate | date }} 03/04/2023 18:00:00
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Tipología Lote
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Características Gastos, impuestos y cargas Documentación Depósito Condiciones particulares Localización

Características

Lote

Lote formado por maquinaria, mobiliario y equipo de proceso de la información (ver listado y fotografías en documento adjunto).

Nota: Los gastos de retirada, desmontaje, traslado, reparaciones y transporte correrán a cargo del adjudicatario. Véanse Condiciones Particulares.

Ubicación

Carrer Esperanto 5, 43800 Valls (Tarragona). Ver mapa

Visitas

No permite visitas

Situación posesoria

Se desconoce

Gastos, impuestos y cargas

Cargas y gravámenes

Se desconoce

Impuestos

No están incluidos los impuestos que puedan gravar la compraventa (como el I.V.A., el I.T.P. o A.J.D.)

Gastos de gestión

15,00 % , (I.V.A. no incluido). No incluido en el precio de adjudicación.

Documentación

Composición del lote

Fotografías maquinaria y equipo informático

Depósito

Depósito

432,50 €

Estado

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Condiciones particulares

Condiciones particulares de la subasta

Localización

Condiciones particulares de la subasta

I.- La presente subasta tiene lugar en un procedimiento concursal.

II.- La venta en subasta pública de los bienes se realizará, en todo caso, en estado de libre de cargas y gravámenes, con excepción de aquellas que sean inherentes a las fincas (tales como servidumbres, afecciones…). 

III.- No será aplicable lo dispuesto en los arts. 670.4, 671 y 647.3 de la LEC al tratarse de una ejecución colectiva, en la que ningún acreedor se le puede reconocer la condición de ejecutante. 

IV.- Para poder concurrir a la subasta será necesario que los interesados en participar, con carácter previo a la misma, efectúen un depósito correspondiente al 5% del valor en la siguiente cuenta titularidad del Consejo General de los Procuradores de España de CAIXABANK S.A. ES41 2100 5731 7202 0024 0577 a través del carrito de depósitos que estará disponible en el anuncio de la subasta y siguiendo las instrucciones que aparecerán en el mismo. Dicha cantidad no deberá aportarse en metálico, sino por transferencia bancaria a la cuenta habilitada debidamente indicada en el anuncio de subasta. La confirmación del depósito y por tanto de las eventuales pujas que pudiere realizar el postor-depositante, quedarán supeditadas a la recepción del importe en la cuenta habilitada, siempre y cuando el ingreso efectivo conste en cuenta con anterioridad a la fecha de la finalización de la subasta. Igualmente, deberá estar incluido en dicho plazo el documento acreditativo del Certificado de titularidad de la cuenta bancaria. 

Una vez que el usuario agregue el justificante bancario de la transferencia del depósito en el Portal de Subastas, y conste en cuenta el importe del depósito, se procederá a su validación quedando habilitado para pujar en las subastas asociadas a dicho depósito. Asimismo, el usuario estará obligado a facilitar certificado de titularidad de la cuenta. 

Finalizada la subasta, a aquellos usuarios que no hayan sido adjudicatarios, se les devolverá la totalidad del importe depositado a la misma cuenta de la que proceda la transferencia inicial, en el plazo de diez días hábiles desde la finalización de la subasta.

No se admitirá la designación de cuenta diferente a la de procedencia de la transferencia inicial, a los efectos de devolución del importe en los términos señalados. 

Tratándose del usuario que ha resultado adjudicatario, el depósito que hubiera realizado para poder participar en la subasta, quedará retenido en la cuenta habilitada para tal fin hasta que se produzca la firma de la adjudicación, o si por cualquier circunstancia dejara de ser el adjudicatario definitivo por causas no imputables a él, incluyendo el rechazo por parte de la AC de su mejor postura, en cuyos casos se le devolvería el depósito realizado a la cuenta de procedencia de la transferencia inicial en el plazo de diez días hábiles desde la firma de la adjudicación o de la resolución de la causa no imputable. 

El depósito efectuado no formará parte del pago ni de la adjudicación ni de los gastos derivados de la misma. 

En caso de que finalmente el que resultare adjudicatario desistiese de su postura, perderá el depósito efectuado. 

V.- El hecho de realizar pujas implica que los postores aceptan: 

  • La situación física, jurídica y administrativa de los bienes, con renuncia expresa a cualquier acción de reclamación por cualquier concepto derivado de la entrega de los bienes en liquidación, así como de cualquier error que pudiera haberse cometido en la relación de bienes incluidos en el lote. 
  • Que será responsable de la retirada de los bienes del local de la Concursada. 
  • Los títulos de propiedad de los bienes que se subastan, considerándolos bastantes o que no existieran. 
  • Que asumen cualquier gasto e impuesto que pudiera devengarse por la transmisión. 

VI.-. Se determinan como fechas de inicio y fin de subasta las siguientes:

  • Fecha y hora de inicio de la subasta: 14/03/2032 a las 12:00h.
  • Fecha y hora de finalización de subasta: 03/04/2023 a las 18:00 horas. 

Ello, no obstante, la subasta se prorrogará automáticamente si, dos minutos antes de la finalización, algún licitador efectuase una puja que mejorare la anterior, siendo dicha prórroga de dos minutos adicionales más, y así sucesivamente hasta que los licitadores concurrentes a la subasta dejaren de incrementar el precio de la mejor postura.

VII.- El tipo a efectos de subasta de los bienes será, al menos, el establecido como "valor de liquidación" en el Plan de Liquidación por la Administración Concursal.

 La enajenación se llevará a cabo en forma de subasta, sin sujeción a tipo mínimo. 

Se establece un tramo entre pujas de 100 euros, no admitiéndose pujas que no superen al menos en este importe la puja superior existente en cada momento. Se admitirán todo tipo de posturas y se aprobará el remate a favor de la mejor postura sin límite alguno, cualquier que sea su importe, sin posibilidad de ceder el remate a terceros. 

El adjudicatario será responsable de la retirada de los bienes del local de la Concursada, así como de cualquier tipo de gasto de Notaría, Registro, Impuesto, etc. que pudiera devengarse. 

VIII.- Los honorarios del Colegio de Procuradores de Tarragona por la prestación de sus servicios en la subasta se publicitarán en el momento de la apertura del periodo de licitación, y a través de la propia plataforma donde se realiza la subasta, que, en todo caso, y en lo que se refiere al presente procedimiento, ascenderán al 15% más IVA del valor de adjudicación de los bienes subastados y serán de cargo del adjudicatario y no se detraerán de la puja efectuada, sino que deberán abonarse antes de la finalización del contrato privado de adjudicación. 

IX.- Serán válidas cualesquiera notificaciones efectuadas a los usuarios que hayan concurrido a la subasta pública online en la dirección de correo electrónico que hubieran designado a efectos de recibir comunicaciones relativas a la subasta a la que libre y voluntariamente han participado, ya provengan dichas notificaciones de la Administración Concursal, ya de la entidad especializada que lleve a cabo el desarrollo de la subasta pública online. 

X.- Si la subasta termina satisfactoriamente, la Administración Concursal declarará aprobado el remate de la venta a favor del mejor postor, quien deberá abonar el precio íntegro de la venta de contado en el momento de la formalización del consiguiente contrato de compraventa de los bienes. 

XI.- Quien resulte adjudicatario de los bienes objeto de subasta habrá de aceptar el estado físico y jurídico en que se encuentren los bienes, sin que pueda revisarse el precio o desistir de la postura ofrecida por ninguna circunstancia, teniendo las ofertas realizadas carácter irrevocable.

XII.- Si el mejor postor designado adjudicatario de los bienes objeto de subasta no concurriese al otorgamiento de los documentos públicos o privados que resulten necesarios para la tradición de los mismos y pago del precio de remate, perderá el depósito efectuado, y la Administración Concursal podrá, con independencia de su derecho a exigir las responsabilidades que procedan por incumplimiento del antedicho mejor postor. 

Así mismo, se pasará por orden decreciente al siguiente postor, siempre que este hubiera optado por la reserva de postura a que se refiere el párrafo segundo del apartado 1 del artículo 652 de la L.E.C. 

XIII.- El contrato de compraventa deberá firmarse en el plazo de 30 días naturales desde que la Administración Concursal declare aprobado el remate de la venta a favor del mejor postor. 

XIV.- En todo lo no previsto en este escrito, la subasta se regirá conforme a los usos y reglas de la entidad especializada.

Lote de maquinaria, mobiliario y equipo informático

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