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Subasta
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Parcela urbana con nave industrial en Binefar (Huesca). FR 7671 RP Tamarite de Litera

Localización CL MAGNESIO 45 PARCELA F10, Binefar (Huesca) Referencia Referencia: DWPXNREW Inicio Inicio: 16/05/2023 12:00:00 Fin Fin: {{ bidEndDate | date }} 07/06/2023 18:00:00
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Tipología Nave industrial
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Valoración
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Depósito: 7.683,30 €
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Características Gastos, impuestos y cargas Documentación Depósito Condiciones particulares Localización

Características

Nave industrial

Parcela urbana -unidad de ejecución A- del Plan Parcial Sector 9 del Plan General de Ordenación Urbana de Binéfar, -Polígono Industrial- denominada F10, con forma rectangular.

Tiene una superficie neta de 650,76 m².

En su interior se encuentra una edificación industrial formada por una nave que ocupa la extensión superficial construida en su base de 514,03 m², retranqueada con relación a la calle de acceso. Se destina a un taller, almacén, exposición y oficinas de empresa dedicada a instalaciones eléctricas.

Consta de planta baja y altillo, tiene forma rectangular, y ocupa una extensión superficial construida en planta baja de 514,03 m² y útil de 492,05 m², cuya planta baja se destina a zona de taller, tienda, oficina, cuarto de limpieza, vestuarios y anexo: y la planta de altillo se sitúa en toda su parte frontal, que ocupa una superficie construida de 126,59 m², y útil de 107,51 m². El acceso al taller se realiza a través de una puerta ubicada en su parte frontal-derecha, y a través de la tienda. A la tienda igualmente se accede desde su parte frontal.

Situación ocupacional: Contrato de arrendamiento del que restan 5 años. Renta de 350 € / mes sobre una zona de 250 m2.

Ubicación

CL MAGNESIO 45 PARCELA F10, 22500 Binefar (Huesca). Ver mapa

Visitas

Durante el periodo de licitación cualquier interesado en la subasta puede solicitar del Consejo General de Procuradores de España inspeccionar el inmueble, quien lo comunicará a la Administración Concursal, solicitando su consentimiento, y organizándose en su caso, jornada de puertas abiertas para que todos los interesados en inspeccionar el inmueble puedan hacerlo.

Periódo de visita finalizado.

Situación posesoria

En la parte de oficinas (dos plantas) hay un inquilino, y el arrendamiento actual es de 398,32 euros mensuales mas impuestos. Quedan 2 años y 2 meses hasta el vencimiento. El resto de la nave que tiene acceso independiente está libre

Datos registrales

Registro: Tamarite de Litera
Finca: 7671
Tomo: 642
Libro: 131
Folio: 76
Inscripción: 2
IDUFIR: 22008000522340
Referencia catastral: 7045910BG7374N0001AH

Gastos, impuestos y cargas

Cargas y gravámenes

Sí - La finca está gravada con HIPOTECAS y EMBARGOS. No obstante, se transmite libre de cargas y gravámenes, salvo de aquellas que sean inherentes a la finca (tales como servidumbres, afecciones, etc…). La cancelación de las hipotecas se llevará a cabo bien mediante la comparecencia del acreedor hipotecario al acto del otorgamiento de la escritura de adjudicación para recibir el precio y cancelar la carga, o bien junto a la cancelación del embargo que se llevará a cabo mediante mandamiento cancelatorio librado por el Juez del concurso, a petición de la Administración Concursal, una vez acreditada la transmisión de la finca. Sin perjuicio de lo anterior, consta inscrito contrato de arrendamiento sobre el inmueble, el cual NO será cancelado por la adjudicación y que continuará por la duración pactada. Para obtener acceso al contrato de arrendamiento, el interesado deberá suscribir un acuerdo de confidencialidad previo. Las cargas inscritas sobre la finca son las siguientes: a) Hipoteca a favor de BTT Ireland Adquisitions III b) Anotación preventiva de embargo de la Tesoreria GHeneral de la Seguridad Social c) Anotación preventiva de embargo de Avalia Aragón SGR d) Arrendamiento a favor de Quantic Seguridad

Deudas de comunidad

No - No existe Comunidad de Propietarios.

Deudas de IBI

Sí - Las deudas de IBI, agua y basura ascienden a 10.059€, sin perjuicio que el día de la firma se devenge mayor cantidad, la cual sera abonada en su totalidad por el adjudicatario.

Impuestos

No están incluidos los impuestos que puedan gravar la compraventa (como el I.V.A., el I.T.P. o A.J.D.)

Gastos de gestión

3,00 % , (I.V.A. no incluido). No incluido en el precio de adjudicación.

Documentación

Ficha catastral

Depósito

Depósito

7.683,30 €

Estado

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Condiciones particulares

Condiciones particulares de la subasta

Localización

Condiciones particulares de la subasta

I.- La presente subasta tiene lugar en un procedimiento concursal.

II.- La venta en subasta pública de los bienes se realizará, en todo caso, en estado de libre de cargas y gravámenes, con excepción de aquellas que sean inherentes a las fincas (tales como servidumbres, afecciones, etc.). La cancelación de las cargas se llevará a cabo bien mediante la comparecencia del acreedor al acto del otorgamiento de la escritura de adjudicación para recibir el precio y cancelar la carga, bien mediante mandamiento cancelatorio librado por el Juez del concurso, a solicitud de la Administración Concursal, una vez acreditada la transmisión de la finca.

Sin perjuicio de lo anterior, consta inscrito contrato de arrendamiento sobre el inmueble, el cual NO será cancelado por la adjudicación y que continuará por la duración pactada. Para obtener acceso al contrato de arrendamiento, el interesado deberá suscribir un acuerdo de confidencialidad previo.

III.- Para poder concurrir a la subasta será necesario que los interesados en participar, con carácter previo a la misma, efectúen un depósito correspondiente al 3% del valor en la siguiente cuenta titularidad del Consejo General de los Procuradores de España de CAIXABANK S.A. ES41 2100 5731 7202 0024 0577 a través del carrito de depósitos que estará disponible en el anuncio de la subasta y siguiendo las instrucciones que aparecerán en el mismo. Dicha cantidad no deberá aportarse en metálico, sino por transferencia bancaria a la cuenta habilitada debidamente indicada en el anuncio de subasta.

Una vez que el usuario agregue el justificante bancario de la transferencia del depósito en el Portal de Subastas, se procederá a su validación quedando habilitado para pujar en las subastas asociadas a dicho depósito.

La confirmación del depósito quedará supeditada a la recepción del importe en la cuenta habilitada, no pudiendo ser adjudicatario hasta que no se haya recibido el importe íntegro del depósito.

Finalizada la subasta, a aquellos usuarios que no hayan sido adjudicatarios, se les devolverá la totalidad del importe depositado en la cuenta por ellos indicada, en el plazo de diez días hábiles contados a partir de la fecha de finalización de la subasta.

Tratándose del usuario que ha resultado adjudicatario, el depósito que hubiera realizado para poder participar en la subasta, quedará retenido en la cuenta habilitada para tal fin hasta que se produzca en su caso la transmisión del bien, o por cualquier circunstancia dejara de ser el adjudicatario definitivo por causas no imputables a él en cuyo caso se le devolvería el depósito realizado a la cuenta indicada en el plazo de diez días hábiles desde la resolución de la causa no imputable.

En caso de que finalmente el que resultare adjudicatario desistiese de su postura, perderá el depósito efectuado.

Los acreedores con privilegio especial estarán exentos de depositar cantidad alguna al efecto, bastando que envíen un e-mail a la cuenta [email protected] comunicando su interés para que se les habilite para intervenir en la subasta.

IV.- Quien resulte adjudicatario de los bienes objeto de subasta habrá de aceptar el estado físico y jurídico en que se encuentren los bienes, sin que pueda revisarse el precio o desistir de la postura ofrecida por ninguna circunstancia, teniendo las ofertas realizadas carácter irrevocable.

V.-. Se determinan como fechas de inicio y fin de subasta las siguientes:

  • Fecha y hora de inicio de la subasta: 16/05/2023 a las 12:00h. 
  • Fecha y hora de finalización de subasta: 07/06/2023 a las 18:00 horas.

Ello, no obstante, la subasta se prorrogará automáticamente si, dos minutos antes de la finalización, algún licitador efectuase una puja que mejorare la anterior, siendo dicha prórroga de dos minutos adicionales más, y así sucesivamente hasta que los licitadores concurrentes a la subasta dejaren de incrementar el precio de la mejor postura.

VI.- El tipo a efectos de subasta del bien será, al menos, el 50% de la valoración del activo. En concreto: 128.055 €.

La enajenación se llevará a cabo en forma de subasta, sin puja mínima de salida.

La Administración Concursal estará facultada para rechazar cualquier oferta que pueda entender no atiende al interés del concurso, entendiendo como tal cualquier puja que no iguale o supere el tipo mínimo establecido para el activo. De recibirse alguna oferta por
debajo del tipo y aun así ser la mejor, se requerirá autorización judicial expresa para proceder a la adjudicación. 

VII.- Todos los gastos de la venta pública y los derivados de la cancelación de cargas, y las deudas que, en su caso graven la finca, tales como, y sin carácter taxativo, gastos de comunidad y de IBI, serán de cuenta y cargo del adjudicatario (en la actualidad unos 10.000 euros aproximadamente).

Los honorarios del Ilustre Colegio de Procuradores de Huesca por la prestación de sus servicios en la subasta se publicitarán en el momento de la apertura del periodo de licitación, y a través de la propia plataforma donde se realiza la subasta, que, en todo caso, y en lo que se refiere al presente procedimiento, ascenderán al 3% más IVA del valor de adjudicación de los bienes subastados y serán de cargo del adjudicatario y deberán abonarse en el momento del otorgamiento de la escritura de adjudicación.

Los impuestos serán satisfechos por el adjudicatario sin que ello implique alteración del sujeto pasivo, que se determinará conforme a la normativa aplicable al tributo de que se trate.

VIII.- Serán válidas cualesquiera notificaciones efectuadas a los usuarios que hayan concurrido a la subasta pública online en la dirección de correo electrónico que hubieran designado a efectos de recibir comunicaciones relativas a la subasta a la que libre y voluntariamente han participado, ya provengan dichas notificaciones de la Administración Concursal, ya de la entidad especializada que lleve a cabo el desarrollo de la subasta pública online.

IX.- Si la subasta termina satisfactoriamente, la Administración Concursal declarará aprobado el remate de la venta a favor del mejor postor, quien deberá abonar el precio íntegro de la venta de contado en el momento del otorgamiento de la escritura pública de compraventa.

No se puede ceder el remate a terceros, con la excepción de empresas del grupo o vinculadas al mejor postor, conforme lo dispuesto en la normativa correspondiente del Código de Comercio y con la previa autorización judicial.

X.- Si el mejor postor designado adjudicatario del bien objeto de subasta no concurriese al otorgamiento de los documentos públicos o privados que resulten necesarios para la tradición de los mismos y pago del precio de remate, perderá el depósito efectuado, y la Administración Concursal podrá, con independencia de su derecho a exigir las responsabilidades que procedan por incumplimiento del antedicho mejor postor, declarar adjudicatario a los subsiguientes mejores postores habidos en la subasta pública celebrada, por el orden de sus respectivas posturas.

Si el acreedor titular de un crédito con privilegio especial derivado del bien objeto de subasta resultase adjudicatario del bien, este podrá ceder el remate a un tercero.

XI.- La escritura pública de adjudicación deberá firmarse en el plazo de 30 días naturales desde que la Administración Concursal declare aprobado el remate de la venta a favor del mejor postor.

XII.- En cualquier caso, la Administración Concursal se reserva la facultad de desistir de la prosecución del procedimiento de subasta pública si el resultado de esta, según su criterio, fuere contrario al interés del concurso. Asimismo, la Administración Concursal podrá rechazar la postura final por su bajo importe o por circunstancias que considere en interés de la masa del concurso.

XIII.- La Administración Concursal, concluida la subasta sin la realización de los bienes, podrá repetir una vez el proceso de venta en subasta pública siempre con respeto a las bases mínimas establecidas en los apartados anteriores.

XIV.- En todo lo no previsto en este escrito, la subasta se regirá conforme a los usos y reglas de la entidad especializada.

Parcela urbana con nave industrial en Binefar (Huesca). FR 7671 RP Tamarite de Litera

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