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Lote compuesto por 16 fincas rústicas en la Vall de Boí (Lérida). FR 1602, 2362, 2519, 2848, 2328, 2226, 2920, 2598, 5112, 5111, 1372, 5110, 2673, 2555, 903 Y 5109 del RP Tremp

Localización AR SAU3-PLA DE L'ERMITA Suelo, La Vall de Boí (Lleida) Referencia Referencia: BET6BJ1N Inicio Inicio: 13/06/2022 12:00:00 Fin Fin: {{ bidEndDate | date }} 13/07/2022 12:00:00
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Tipología Lote
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Características Gastos, impuestos y cargas Documentación Depósito Condiciones particulares Localización

Características

Lote

Lote compuesto por 16 fincas rústicas en la Vall de Boí , Lérida, cuyas fincas registrales son las siguientes: 1602, 2362, 2519, 2848, 2328, 2226, 2920, 2598, 5112, 5111, 1372, 5110, 2673, 2555, 903 Y 5109.

Dicho lote está valorado en 634.900,00 €.

* Existen deudas pendientes en concepto de IBI por importe de 46.069,04€ (Deudas contra la masa) y de 4.227,60 € (Deudas clasificadas con privilegio especial). La cuantía es orientativa y puede variar en el momento de la transmisión del bien.

Ubicación

AR SAU3-PLA DE L'ERMITA Suelo, 25528 La Vall de Boí (Lleida). Ver mapa

Visitas

Desconocido

Situación posesoria

Se desconoce

Bienes incluidos (16)

1) Finca rústica
Rústica en la Vall de Boí (Lérida). FR 1602 del RP de Tremp

Descripción según nota simple: pieza de tierra denominada "ARENYS", sita en término de Taüll, municipal de la Vall de Boí. Superficie 39,53 áreas.

Según catastro, dicha finca rústica se encuentra en AR SAU3-PLA DE L'ERMITA Suelo en el término municipal de la Vall de Boí, Lérida.

Referencia catastral: 4294802CH2049S0001IR. / Código IDUFIR: 25008000422333.

Tomo 562, Libro 27, Folio 27.

2) Finca rústica
Rústica en la Vall de Boí (Lérida). FR 2362 del RP de Tremp

Descripción según nota simple: pieza de tierra denominada “ARENYS”, sita en término municipal de Taüll, municipal de La Vall de Boí. Superficie 68,29 áreas.

Según catastro, dicha finca rústica se encuentra en AR SAU3-PLA DE L'ERMITA Suelo, en el término municipal de La Vall de Boí, Lérida.

Referencia catastral: 4294803CH2049S0001JR. / Código IDUFIR: 25008000422081.

Tomo 759, Libro 36, Folio 149.

3) Finca rústica
Rústica en la Vall de Boí (Lérida). FR 2519 del RP de Tremp

Descripción según nota simple: Pieza de tierra denominada “POSES”, sita en término municipal de Taüll, municipal de La Vall de Boí.  Superficie 43,13 áreas.

Según catastro, dicha finca rústica se encuentra en AR SAU3-PLA DE L'ERMITA Suelo, en en término municipal de La Vall de Boí, Lérida.

Referencia catastral: 4294804CH2049S0001ER. / Código IDUFIR: 25008000315123.

Tomo 812, Libro 38, Folio 95.

4) Finca rústica
Rústica en la Vall de Boí (Lérida). FR 2848 del RP de Tremp

Descripción según nota simple: pieza de tierra denominada “MULLERES SUBIRA O COSTANES”, sita en término municipal de Taüll, municipal de La Vall de Boí. Superficie 44,93 áreas.

Según catastro, dicha finca rústica se encuentra en AR SAU3-PLA DE L'ERMITA Suelo, en La Vall de Boí, Lérida.

Referencia catastral: 4294806CH2049S0001ZR. / Código IDUFIR: 25000000419456.

Tomo 822, Libro 41, Folio 231.

5) Finca rústica
Rústica en la Vall de Boí (Lérida). FR 2328 del RP de Tremp

Descripción según nota simple: pieza de tierra denominada “MULLERES”, sita en término municipal La Vall de Boí. De cabida 25,16 áreas.

Según catastro, dicha finca rústica se encuentra en AR SAU3-PLA DE L'ERMITA Suelo, en el término municipal de La Vall de Boí, Lérida.

Referencia catastral: 4294807CH2049S0001UR. / Código IDUFIR: 25008000421923.

Tomo 759, Libro 36, Folio 96.

6) Finca rústica
Rústica en la Vall de Boí (Lérida). FR 2226 del RP de Tremp

Descripción según nota simple: Pieza de tierra denominada “COSTASA”, sita en la partida de su nombre, del término municipal de La Vall de Boí. De cabida 43,13 áreas.

Según catastro, dicha finca rústica se encuentra en AR SAU3-PLA DE L'ERMITA Suelo, en la Vall de Boí, Lérida.

Referencia catastral: 4294808CH2049S0001HR. / Código IDUFIR: 25008000421831.

Tomo 715, Libro 35, Folio 134.

7) Finca rústica
Rústica en la Vall de Boí (Lérida). FR 2920 del RP de Tremp

Descripción según nota simple: pieza de tierra denominada “COSTANES”, sita en término de Taüll, municipal de La Vall de Boí. De cabida 16,57 áreas.

Según catastro, dicha finca rústica se encuentra en AR SAU3-PLA DE L'ERMITA Suelo, en el término municipal de La Vall de Boí, Lérida.

Referencia catastral: 4294810CH2049S0001UR. / Código IDUFIR: 250080000420650.

Tomo 1266, Libro 107, Folio 90.

8) Finca rústica
Rústica en la Vall de Boí (Lérida). FR 2598 del RP de Tremp

Descripción según nota simple: pieza de tierra denominada “COSTANES”, sita en término de Barruera, municipal de La Vall de Boí. De cabida 28,75 áreas.

Según catastro, dicha finca rústica se encuentra en AR SAU3-PLA DE L'ERMITA Suelo, en La Vall de Boí, Lérida.

Referencia catastral: 4294811CH2049S0001HR. / Código IDUFIR: 25008000421244.

Tomo 818, Libro 39, Folio 82.

9) Finca rústica
Rústica en la Vall de Boí (Lérida). FR 5112 del RP de Tremp

Descripción según nota simple: pieza de tierra sita en término de Taüll, municipal de La Vall de Boí. De cabida 13 áreas.

Según catastro, dicha finca rústica se encuentra en AR SAU3-PLA DE L'ERMITA Suelo en el término municipal de la Vall de Boí, Lérida.

Referencia catastral: 4294813CH2049S0001AR. / Código IDUFIR: 25000000014187.

Tomo 1026, Libro 73, Folio 93.

10) Finca rústica
Rústica en la Vall de Boí (Lérida). FR 5111 del RP de Tremp

Descripción según nota simple: pieza de tierra sita en término de Taüll, municipal de La Vall de Boí. De cabida 9 áreas.

Según catastro, dicha finca rústica se encuentra en AR SAU3-PLA DE L'ERMITA Suelo en el término municipal de la Vall de Boí, Lérida.

Referencia catastral: 4294814CH2049S0001BR. / Código IDUFIR: 25008000014170.

Tomo 1026, Libro 73, Folio 91.

11) Finca rústica
Rústica en la Vall de Boí (Lérida). FR 1372 del RP de Tremp

Descripción según nota simple: pieza de tierra denominada “ARENYS, sita en término de Taüll, municipal de La Vall de Boí. De cabida 32,35 áreas.

Según catastro, dicha finca rústica se encuentra en AR SAU3-PLA DE L'ERMITA Suelo en el término municipal de la Vall de Boí, Lérida.

Referencia catastral: 4294815CH2049S0001YR. / Código IDUFIR: 25008000422234.

Tomo 473, Libro 22, Folio 37.

12) Finca rústica
Rústica en la Vall de Boí (Lérida). FR 5110 del RP de Tremp

Descripción según nota simple: pieza de tierra sita en término de Taüll, municipal de La Vall de Boí. De cabida 11 áreas.

Según catastro, dicha finca rústica se encuentra en AR SAU3-PLA DE L'ERMITA Suelo en el término municipal de la Vall de Boí, Lérida.

Referencia catastral: 4294816CH2049S0001GR. / Código IDUFIR: 25008000014163.

Tomo 1026, Libro 73, Folio 89.

13) Finca rústica
Rústica en la Vall de Boí (Lérida). FR 2673 del RP de Tremp

Descripción según nota simple: pieza de tierra denominada “POSES”, sita en término municipal de La Vall de Boí. De cabida 35,94 áreas.

Según catastro, dicha finca rústica se encuentra en AR SAU3-PLA DE L'ERMITA Suelo en el término municipal de la Vall de Boí, Lérida.

Referencia catastral: 4294818CH2049S0001PR. / Código IDUFIR: 250080004198450.

Tomo 819, Libro 40, Folio 58.

14) Finca rústica
Rústica en la Vall de Boí (Lérida). FR 2555 del RP de Tremp

Descripción según nota simple: pieza de tierra denominada “POSES”, sita en término municipal de La Vall de Boí. De cabida 10,78 áreas.

Según catastro, dicha finca rústica se encuentra en AR SAU3-PLA DE L'ERMITA Suelo en el término municipal de la Vall de Boí, Lérida.

Referencia catastral: 4294819CH2049S0001LR. / Código IDUFIR: 25008000315390.

Tomo 812, Libro 38, Folio 206.

15) Finca rústica
Rústica en la Vall de Boí (Lérida). FR 903 RP de Tremp

Descripción según nota simple: pieza de tierra denominada “REBOLASELL”, sita en término de Taüll, municipal de La Vall de Boí. De cabida 21,56 áreas.

Según catastro, dicha finca rústica se encuentra en AR SAU3-PLA DE L'ERMITA Suelo en el término municipal de la Vall de Boí, Lérida.

Referencia catastral: 4294821CH2049S0001PR. / Código IDUFIR: 25008000829554.

Tomo 204, Libro 11, Folio 98.

16) Finca rústica
Rústica en la Vall de Boí (Lérida). FR 5109 RP de Tremp

Descripción según nota simple: pieza de tierra sita en término de Taüll, municipal de La Vall de Boí. De cabida 13 áreas.

Según catastro, dicha finca rústica se encuentra en AR SAU3-PLA DE L'ERMITA Suelo en el término municipal de la Vall de Boí, Lérida.

No cuenta con referencia catastral. / Código IDUFIR: 25008000014156.

Tomo 1026, Libro 73, Folio 87.

Gastos, impuestos y cargas

Cargas y gravámenes

Sí - HIPOTECAS A FAVOR DE LA TGSS Y ALKALI EUROPE III, SARL. No obstante, se transmite libre de cargas y gravámenes, salvo aquellas que sean inherentes a las fincas (tales como servidumbres, afecciones…). La cancelación de la hipotecas se realizarán bien en el momento del otorgamiento de la escritura de transmisión bien posteriormente al otorgamiento a través de mandamiento del Juzgado a petición de la Administración Concursal.

Impuestos

No están incluidos los impuestos que puedan gravar la compraventa (como el I.V.A., el I.T.P. o A.J.D.)

Gastos de gestión

3,00 % , (I.V.A. no incluido). No incluido en el precio de adjudicación.

Documentación

Ficha catastral FR 1372

Ficha catastral FR 1602

Ficha catastral FR 2226

Ficha catastral FR 2328

Ficha catastral FR 2362

Ficha catastral FR 2519

Ficha catastral FR 2555

Ficha catastral FR 2598

Ficha catastral FR 2673

Ficha catastral FR 2848

Ficha catastral FR 5110

Ficha catastral FR 5111

Ficha catastral FR 5112

Ficha catastral FR 903

Ficha catastral RF 2920

Nota simple FR 1372 (debes iniciar sesión con una cuenta verificada para descargar este documento)

Nota simple FR 1602 (debes iniciar sesión con una cuenta verificada para descargar este documento)

Nota simple FR 2226 (debes iniciar sesión con una cuenta verificada para descargar este documento)

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Nota simple FR 2362 (debes iniciar sesión con una cuenta verificada para descargar este documento)

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Nota simple FR 2848 (debes iniciar sesión con una cuenta verificada para descargar este documento)

Nota simple FR 2920 (debes iniciar sesión con una cuenta verificada para descargar este documento)

Nota simple FR 5109 (debes iniciar sesión con una cuenta verificada para descargar este documento)

Nota simple FR 5110 (debes iniciar sesión con una cuenta verificada para descargar este documento)

Nota simple FR 5111 (debes iniciar sesión con una cuenta verificada para descargar este documento)

Nota simple FR 5112 (debes iniciar sesión con una cuenta verificada para descargar este documento)

Nota simple FR 903 (debes iniciar sesión con una cuenta verificada para descargar este documento)

Depósito

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Condiciones particulares

Condiciones particulares de la subasta

Localización

Condiciones particulares de la subasta

I.- La presente subasta se celebra dentro de un procedimiento concursal.

II.- Previamente al inicio de la subasta, se comunicará a los acreedores con privilegio especial y a todos aquellos que tengan algún derecho inscrito la realización de la presente subasta por medio de correo electrónico certificado a la dirección electrónica facilitada por estos en el presente procedimiento.

III.- Conforme dispone el Plan de Liquidación, los bienes que se realizan mediante la presente subasta pública quedarán libres de cargas y gravámenes, con excepción de aquellas que sean inherentes a las fincas (tales como servidumbres, afecciones).
Las cargas y gravámenes que graban las fincas constan detalladas en las notas simples que se pueden consultar a través del portal electrónico www.subastasprocuradores.com durante la celebración de la subasta pública.

IV.- Para poder concurrir a la subasta será necesario que los interesados en participar, con carácter previo a la misma, efectúen un depósito correspondiente a la cantidad de 5.000 € en la siguiente cuenta titularidad del Consejo General de los Procuradores de España de CAIXABANK S.A. ES41 2100 5731 7202 0024 0577 a través del carrito de depósitos que estará disponible en el anuncio de la subasta y siguiendo las instrucciones que aparecerán en el mismo. Dicha cantidad no deberá aportarse en metálico, sino por transferencia bancaria a la cuenta habilitada debidamente indicada en el anuncio de subasta.


Una vez que el usuario agregue el justificante bancario de la transferencia del depósito en el Portal de Subastas, se procederá a su validación quedando habilitado para pujar en las subastas asociadas a dicho depósito. Asimismo, el usuario estará obligado a facilitar certificado de titularidad de la cuenta.

La confirmación del depósito y por tanto de las eventuales pujas que pudiere realizar el postor-depositante, quedarán supeditadas a la recepción del importe en la cuenta habilitada, siempre y cuando se haya efectuado la transferencia del depósito con anterioridad a la finalización de la subasta y así conste acreditado con el oportuno documento. Igualmente, deberá estar incluido en dicho plazo el documento acreditativo del Certificado de titularidad de la cuenta bancaria.


Finalizada la subasta, a aquellos usuarios que no hayan sido adjudicatarios, se les devolverá la totalidad del importe depositado a la misma cuenta de la que proceda la transferencia inicial, en el plazo de diez días hábiles contados a partir de la fecha en que la Administración Concursal notifique que se han aceptado o rechazado las pujas efectuadas. No se admitirá la designación de cuenta diferente a la de procedencia de la transferencia inicial, a los efectos de devolución del importe en los términos señalados.


Tratándose del usuario que ha resultado adjudicatario, el depósito que hubiera realizado para poder participar en la subasta, quedará retenido en la cuenta habilitada para tal fin hasta que se produzca en su caso la transmisión del bien, o por cualquier circunstancia dejara de ser el adjudicatario definitivo por causas no imputables a él, incluyendo el rechazo por parte de la AC de su mejor postura, en cuyos casos se le devolvería el depósito realizado a la cuenta de procedencia de la transferencia inicial en el plazo de diez días hábiles desde la firma de la adjudicación o de la resolución de la causa no imputable.


El depósito efectuado no formará parte del pago ni de la adjudicación ni de los gastos derivados de la misma. En caso de que finalmente el que resultare adjudicatario desistiese de su postura, perderá el depósito efectuado.


En su caso, los acreedores con privilegio especial estarán exentos de depositar cantidad alguna al efecto, bastando que envíen un e-mail a la cuenta [email protected] comunicando su interés para que se les habilite para intervenir en la subasta.


V.- Quien resulte adjudicatario de los bienes objeto de subasta habrá de aceptar el estado físico y jurídico en que se encuentren los bienes, sin que pueda revisarse el precio o desistir de la postura ofrecida por ninguna circunstancia, teniendo las ofertas realizadas carácter irrevocable.


VI.- Se determinan como fechas de inicio y fin de subasta las siguientes:


1) Fecha y hora de inicio de la subasta: 13/06/2022 a las 12:00h.
2) Fecha y hora de finalización de subasta: 13/07/2022 a las 12:00 horas.


Ello, no obstante, la subasta se prorrogará automáticamente si, dos minutos antes de la finalización de la misma, algún licitador efectuase una puja que mejorase la anterior, siendo dicha prórroga de dos minutos adicionales más, y así sucesivamente hasta que los licitadores concurrentes a la subasta dejasen de incrementar el precio de la mejor postura.


VII.- El tipo a efectos de subasta del bien será, al menos, el establecido como "valor de liquidación" en el Plan de Liquidación.
La enajenación se llevará a cabo en forma de subasta, sin sujeción a tipo mínimo.


VIII.- Todos los gastos de la venta pública, inscripción y los derivados de la cancelación de cargas, y las deudas que, en su caso graven la finca, tales como, y sin carácter taxativo, gastos de comunidad y de IBI, serán de cuenta y cargo del adjudicatario.


Asimismo, los impuestos inherentes a la transmisión del bien serán satisfechos por el adjudicatario sin que ello implique alteración del sujeto pasivo, que se determinará conforme a la normativa aplicable al tributo de que se trate.


Los honorarios del Ilustre Colegio de Procuradores de Barcelona por la prestación de sus servicios en la subasta se publicitarán en el momento de la apertura del periodo de licitación, y a través de la propia plataforma donde se realiza la subasta que, en todo caso, y en lo que se refiere al presente procedimiento, ascenderán al 3% más IVA del valor de adjudicación de los bienes subastados.


El pago de dichos honorarios correrá a cargo del adjudicatario y no se detraerán de la puja efectuada, sino que deberán abonarse aparte en el momento del otorgamiento de la escritura de adjudicación.


En caso de que la subasta resulte desierta, no se devengarán honorarios del Ilustre Colegio de Procuradores de Barcelona.


IX.- Serán válidas cualesquiera notificaciones efectuadas a los usuarios que hayan concurrido a la subasta pública online en la dirección de correo electrónico que hubieran designado a efectos de recibir comunicaciones relativas a la subasta en la que libre y voluntariamente han participado, ya provengan dichas notificaciones de la Administración Concursal, ya de la entidad especializada que lleve a cabo el desarrollo de la subasta pública online.


X.- Si la subasta termina satisfactoriamente, la Administración Concursal declarará aprobado el remate de la venta a favor del mejor postor, quien deberá abonar el precio íntegro de la venta de contado en el momento del otorgamiento de la escritura pública de compraventa.


XI.- Si el mejor postor designado adjudicatario de los bienes objeto de subasta no concurriese al otorgamiento de los documentos públicos o privados que resulten necesarios para la tradición de los mismos y pago del precio de remate, perderá el depósito efectuado, y la Administración Concursal podrá, con independencia de su derecho a exigir las responsabilidades que procedan por incumplimiento del antedicho mejor postor, declarar adjudicatario a los subsiguientes mejores postores habidos en la subasta pública celebrada, por el orden de sus respectivas posturas.


XII.- La escritura pública de adjudicación deberá firmarse en el plazo de 30 días naturales desde que la Administración Concursal declare aprobado el remate de la venta a favor del mejor postor.


XIII.- Se aprobará el remate en favor del mejor postor, siempre que la cantidad que haya ofrecido supere el 50% del valor por el que el bien hubiere salido a subasta. En cualquier otro caso la Administración Concursal se reserva la facultad de desistir de la prosecución del procedimiento de subasta pública si el resultado de la misma, según su criterio, fuere contrario al interés del concurso. Asimismo, la Administración Concursal podrá rechazar la postura final por su bajo importe o por circunstancias que considere en interés de la masa del concurso.

XIV.- La Administración Concursal, concluida la subasta sin la realización de los bienes, podrá repetir una vez el proceso de venta en subasta pública siempre con respeto a las bases mínimas establecidas en los apartados anteriores.

XV.- En todo lo no previsto en este escrito, la subasta se regirá conforme a los usos y reglas de la entidad especializada.

XVI. - El proceso de subasta será Protocolizado por el Ilustre Notario D. Pedro Gutiérrez Moreno, el cual dejará constancia, mediante Acta Notarial, de todo lo que acontezca durante el proceso.

Lote compuesto por 16 fincas rústicas en la Vall de Boí (Lérida). FR 1602, 2362, 2519, 2848, 2328, 2226, 2920, 2598, 5112, 5111, 1372, 5110, 2673, 2555, 903 Y 5109 del RP Tremp

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