I.- Para poder concurrir a la subasta será necesario que los interesados en participar, con carácter previo a la misma, efectúen un depósito correspondiente al 5% del valor de subasta del bien, en la siguiente cuenta titularidad del Consejo General de los Procuradores de España de CAIXABANK S.A. ES41 2100 5731 7202 0024 0577 a través del carrito de depósitos que estará disponible en el anuncio de la subasta y siguiendo las instrucciones que aparecerán en el mismo. Dicha cantidad no deberá aportarse en metálico, sino por transferencia bancaria a la cuenta habilitada anteriormente indicada.
Una vez que el usuario agregue el justificante bancario de la transferencia del depósito en el Portal de Subastas, se procederá a su validación quedando habilitado para pujar en las subastas asociadas a dicho depósito. Asimismo, el usuario estará obligado a facilitar certificado de titularidad de la cuenta.
La confirmación del depósito y por tanto de las eventuales pujas que pudiere realizar el postor-depositante, quedarán supeditadas a la recepción del importe en la cuenta habilitada, siempre y cuando se haya efectuado la transferencia del depósito con anterioridad a la finalización de la subasta y así conste acreditado con el oportuno documento. Igualmente, deberá estar incluido en dicho plazo el documento acreditativo del Certificado de titularidad de la cuenta bancaria.
Finalizada la subasta, a aquellos usuarios que no hayan sido adjudicatarios, se les devolverá la totalidad del importe depositado en la cuenta por ellos indicada, en el plazo de diez días hábiles contados a partir de la fecha de finalización de la subasta. No se admitirá la designación de cuenta diferente a la de procedencia de la transferencia inicial, a los efectos de devolución del importe en los términos señalados.
Tratándose del usuario que ha resultado adjudicatario, el depósito que hubiera realizado para poder participar en la subasta, quedará retenido en la cuenta habilitada para tal fin hasta que se produzca en su caso la transmisión del bien, o por cualquier circunstancia dejara de ser el adjudicatario definitivo por causas no imputables a él, en cuyo caso se le devolvería el depósito realizado a la cuenta indicada en el plazo de diez días hábiles desde la autorización por parte del Juzgado.
En caso de que finalmente el que resultare adjudicatario desistiese de su postura, perderá el depósito efectuado.
II.- Se entenderá aceptado expresamente por los ofertantes el estado físico y jurídico en que se encuentre el bien objeto de subasta desde el momento de su intervención en el proceso de venta pública, sin que pueda revisarse el precio o desistir de la venta por ninguna circunstancia, teniendo las ofertas realizadas carácter irrevocable.
III.- El periodo para la presentación de ofertas será de un mes desde la apertura del periodo apto para la licitación:
Fecha y hora de inicio: 13/05/2022 a las 12:00 horas.
Fecha y hora de finalización: 13/06/2022 a las 18:00 horas.
Ello, no obstante, la subasta se prorrogará automáticamente si, dos minutos antes de la finalización de la misma, algún licitador efectuase una puja que mejorare la anterior, siendo dicha prórroga de dos minutos adicionales más, y así sucesivamente hasta que los licitadores concurrentes a la subasta dejaren de incrementar el precio de la mejor postura.
IV.- El tipo a efectos de subasta del bien es de 21.000,00 € el que aparece reflejado en la página www.subastasprocuradores.com.
V.- Todos los gastos de la venta pública y los derivados en su caso de la cancelación de cargas, así como los gastos de regularización de la situación jurídica del vehículo, tales como retirada y transporte, tramitación de cambios de titularidad, obtención del permiso de circulación, en caso de pérdida del documento, Inspecciones Técnicas del Vehículo y tramitación de altas y bajas del Seguro de Responsabilidad correspondiente, serán de cuenta y cargo del adjudicatario.
Los gastos de la entidad especializada, si los hubiera, y los honorarios por su intervención en la realización del bien será, del 15% más IVA del precio de adjudicación, que se detraerá del importe de la mejor oferta aceptada.
Los impuestos serán satisfechos por el adjudicatario.
VI.- La dirección de correo electrónico que se designe a efectos de comunicaciones por los usuarios ofertantes en la página web será plenamente válida y eficaz a los efectos de cualesquiera notificaciones a los usuarios posteriores realizados por la entidad especializada designada.
VII.- La aprobación del remate quedará supeditado a la pertinente autorización por el Juzgado competente.
Una vez aprobado el remate se procederá por el adjudicatario a consignar el resto del precio del remate en la cuenta designada por esta Corporación en el plazo de 20 días naturales desde que se le comunique dicha resolución.
VIII.- El bien no podrá ser adjudicado por este cauce por precio inferior al 50% de su valor.
IX.- Para el supuesto de que el mejor postor designado adjudicatario desistiese de su mejor oferta, la entidad especializada designada, con independencia de su derecho a exigir las responsabilidades que procedan por incumplimiento del antedicho mejor postor (en la forma que se establezca en el régimen legal vigente y normativa aplicable), podrá solicitar al Juzgado la declaración de adjudicatario a los subsiguientes mejores postores habidos en la subasta pública celebrada, por el orden de sus respectivas posturas.
X.- Concluida la subasta sin la realización del bien, se podrá repetir una o más veces el proceso de venta en subasta pública siempre con respeto a las bases mínimas establecidas en los apartados anteriores y dentro del plazo de intervención de la entidad especializada.
XI.- El importe mínimo de puja para esta subasta será de 10.500,00 €.