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Venta directa
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Mitad indivisa de 1/52 parte indivisa de un bungalow en Antigua (Fuerteventura). FR 7893/40 RP Puerto del Rosario 2

Localización Urbanización "Castillo de Caleta de Fuste", complejo "El Palmeral", Antigua (Las Palmas) Referencia Referencia: Q6A37SCF Inicio Inicio: 25/04/2022 12:00:00 Fin Fin: {{ bidEndDate | date }} 25/10/2022 18:00:00
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Tipología Casa / Chalet
40 m2 construidos
34 m2 útiles
1 habitaciones
1 baños
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Valoración
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Características Gastos, impuestos y cargas Condiciones particulares Localización

Características

Casa / Chalet

Una mitad indivisa de una cincuenta y dos-avas partes indivisas de un bungalow, tipo 'A', de una sola planta, en el Complejo denominado 'El Palmeral', en el Polígono 5 de la segunda Fase de la Urbanización "El Castillo de Caleta de Fustes", del término municipal de Antigua.

Tiene una superficie construida de 39,50 m² que representa una superficie útil de 34,10 m², más una terraza de 10,00 m² aproximadamente.

Está compuesto de un dormitorio, salón-estar-ofice, baño y terraza.

Ubicación

Urbanización "Castillo de Caleta de Fuste", complejo "El Palmeral", 35610 Antigua (Las Palmas). Ver mapa

Visitas

Desconocido

Situación posesoria

Se desconoce

Porcentaje de propiedad

0,96 %

Datos registrales

Registro: Puerto del Rosario 2
Finca: 7893/40
Tomo: 485
Libro: 73
Folio: 202
Inscripción: 1
IDUFIR: 35018000067363

Datos casa / chalet

Superficie: 40 m2
Superficie útil: 34 m2
Habitaciones: 1
Baños: 1
Terraza: Sí

Gastos, impuestos y cargas

Cargas y gravámenes

Sí - La finca se encuentra gravada con EMBARGO. No obstante, se transmite de libre de cargas y gravámenes, salvo de aquellas que sean inherentes a las fincas (tales como servidumbres, afecciones, etc…). La cancelación del embargo se llevará a cabo mediante mandamiento cancelatorio librado por el Juez del concurso, a petición de la Administración Concursal, una vez acreditada la transmisión de la finca.

Deudas de comunidad

Se desconoce

Deudas de IBI

Se desconoce

Impuestos

No están incluidos los impuestos que puedan gravar la compraventa (como el I.V.A., el I.T.P. o A.J.D.)

Gastos de gestión

3,00 % , (I.V.A. no incluido). No incluido en el precio de adjudicación.

Condiciones particulares

Condiciones particulares de la venta directa

Localización aproximada

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Motocicleta Antigua (Las Palmas)
Ref. X3ZNVHER Fin: 25/10/2022 18:00:00
Oferta mínima 0,00 €
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Condiciones particulares de la venta directa

I.- La presente venta directa tiene lugar en un procedimiento concursal.

II.- La venta directa de los bienes se realizará, en todo caso, en estado de libre de cargas y gravámenes, con excepción de aquellas que sean inherentes a la finca (tales como servidumbres, afecciones, etc.). La cancelación de las cargas se llevará a cabo bien mediante la comparecencia del acreedor al acto del otorgamiento de la escritura de adjudicación para recibir el precio y cancelar la carga, bien mediante mandamiento cancelatorio librado por el Juez del concurso, a solicitud de la Administración Concursal, una vez acreditada la transmisión de la finca.

III.- La valoración del inmueble es de 50.000,00 € y el precio mínimo de venta será de 50.000,00 euros.

La valoración del vehículo es de 1.000,00€ y no se encuentra sujeto a puja mínima.

IV.- El comprador habrá de aceptar el estado físico y jurídico en que se encuentren los bienes, sin que pueda revisarse el precio o desistir de la postura ofrecida por ninguna circunstancia, teniendo las ofertas realizadas carácter irrevocable. La presentación de ofertas implica la renuncia a cualquier reclamación por el estado de los activos de la concursada, incluso al ejercicio de la acción de saneamiento por evicción y vicios ocultos.

V.-. Se determinan como fechas de inicio y fin de la venta las siguientes:

  • Fecha y hora de inicio de la venta directa: 25/04/2022 a las 12:00 horas. 
  • Fecha y hora de finalización de la venta directa: 25/05/2022 a las 18:00 horas.

VI.- Los honorarios de la entidad especializada por la gestión de la venta directa serán pagados con cargo a la masa activa del concurso. Estos honorarios ascienden al:

  • 3 % más IVA del precio final de la venta del bien inmueble.
  • 15 % más IVA del precio final de la venta del bien mueble.

VII.- Todos los gastos ocasionados por la enajenación de los activos serán a cuenta de la parte adjudicataria, incluso los de cancelación en cualquier registro público de las cargas o gravámenes establecidos sobre aquellos.

Todos los tributos, tasas e impuestos de cualquier clase relativos a la adjudicación, venta o transmisión de los bienes serán de cargo del adjudicatario, incluida la plusvalía municipal.

VIII.- El contenido de la oferta no se publicitará. Del mismo modo, no podrá acceder al contenido de las restantes ofertas de compra realizadas por otros interesados.

IX.- La presentación de ofertas requiere el registro previo en la página web www.subastasprocuradores.com debiendo cumplir con las exigencias de identificación requeridas por el indicado portal electrónico.

X.- La Administración Concursal, en caso de recibir oferta de compraventa de la vivienda, deberá someterla al superior criterio del Juzgado, quien, previo traslado por diez días hábiles a todos los acreedores personados para que realicen las alegaciones que a su derecho convenga, procederá a resolver por escrito sobre la concesión o no de autorización para la ejecución de la vivienda afectada y sobre las condiciones en que la misma deberá llevarse a cabo. Para ello, será necesario que las ofertas recibidas cubran al menos el importe de 50.000 euros, así como los gastos derivados de la transmisión de la finca.

Con respecto al vehículo, la Administración Concursal, en caso de recibir oferta de compraventa del mencionado bien, deberá someterla (con expresión detallada de todas sus condiciones y pormenores) al superior criterio del Juzgado, quien, previo traslado por diez días hábiles a todos los acreedores personados para que realicen las alegaciones que a su derecho convenga, procederá a resolver por escrito sobre la concesión o no de autorización para la ejecución de este bien afectado y sobre las condiciones en que la misma deberá llevarse a cabo.

XI.- El pago del precio se realizará en el día, hora y lugar que consensuen la administración concursal y el adjudicatario. Asimismo, establecerán, en su caso, la Notaría que realizará las escrituras públicas de compraventa.

XII.- Serán válidas cualesquiera notificaciones efectuadas a los usuarios que hayan concurrido a la venta directa en la dirección de correo electrónico que hubieran designado a efectos de recibir comunicaciones relativas a la venta en la que libre y voluntariamente han participado, ya provengan dichas notificaciones de la Administración Concursal, ya de la entidad especializada.

XIII.- Se aplicarán con carácter supletorio las normas previstas por la propia Ley Concursal para el caso de que el plan de liquidación no prevea todos los supuestos o situaciones previstas en el plan de liquidación.

Mitad indivisa de 1/52 parte indivisa de un bungalow en Antigua (Fuerteventura). FR 7893/40 RP Puerto del Rosario 2

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