Skip to main content
Subastas Procuradores Subastas Procuradores Reloj
  • Buscar
  • Conócenos
    Que hacemos Premio Calidad de la Justicia Prensa Blog
    Subastas procuradores
    Portal subastas Proyecto
  • Te ayudamos
    Ahora tú también puedes Preguntas frecuentes Normas
    Por perfiles
    Fondos de inversión Administrador concursal Abogado Procurador Letrado de la Administración de Justicia Particular
  • Proyecto
  • Registro
  • Acceso
  • Español
    • English
  • Reloj
Subasta
Seguir

Vivienda nº 3, garaje y trastero en Chozas de Canales (Toledo). FR 5969 RP Illescas nº2

Localización Calle Agustín de Lara, nº 29, 2º, vivienda nº 3., Chozas de Canales (Toledo) Referencia Referencia: F65X9TFW Inicio Inicio: 06/05/2022 12:00:00 Fin Fin: {{ bidEndDate | date }} 06/06/2022 18:00:00
Anterior Siguiente
Tipología Piso
Para ver el estado actual de la máxima puja y la fecha de fin, haz clic  aquí para actualizar o recarga la página.
Pujar
Mejor postura
{{ maximumBid | currency }} -
Acaba en
Puja mínima
7.390,22 €
Valoración
73.902,23 €
Depósito: 1.478,04 €
Ver instrucciones
¿Necesitas ayuda?
[email protected] / tel. 661 911 612
LinkedIn Twitter
Características Gastos, impuestos y cargas Documentación Depósito Condiciones particulares Localización

Características

Piso

Vivienda nº 3, en construcción, en la planta 2ª, de la casa en Chozas de Canales (Toledo), calle Agustín Lara, número 29. Consta de diversas dependencias y ocupa una superficie construida aproximada (75,28 m²). Le corresponden como anejo inseparable la plaza de aparcamiento y el cuarto trastero señalados con el número 3, cuya descripción es la siguiente: plaza de aparcamiento señalada con el número 3, situada en la planta baja, con acceso rodado desde la calle Agustín Lara. Ocupa una superficie construida aproximada de (12 m²) y está destinada a aparcamiento de vehículo y trastero señalado con el número 3, situado en la planta baja, con acceso a través de un pasillo que comunica con la caja de escalera. Ocupa una superficie construida aproximada de (3,02 m²).

*La referencia catastral indicada corresponde a la finca finca matriz, actualmente no se encuentra registrado en catastro.

Ubicación

Calle Agustín de Lara, nº 29, 2º, vivienda nº 3., 45960 Chozas de Canales (Toledo). Ver mapa

Visitas

No es visitable

Situación posesoria

Se desconoce

Datos registrales

Registro: Illescas nº2
Finca: 5969
Tomo: 1790
Libro: 71
Folio: 78
Inscripción: 1ª
IDUFIR: 45014000677363
Referencia catastral: 1594912VK1319S0001SQ

Datos piso

Año de construcción: 2007
Piso: 2º
Ascensor: No
Garaje: Sí
Trastero: Sí

Gastos, impuestos y cargas

Cargas y gravámenes

Sí - El inmueble se encuentra gravado con HIPOTECA. No obstante, se transmite libre de cargas y gravámenes, salvo aquellas que sean inherentes a las fincas (tales como servidumbres, afecciones…). La cancelación de la hipoteca se realizará bien en el momento del otorgamiento de la escritura de transmisión bien posteriormente al otorgamiento a través de mandamiento del Letrado de la Administración de Justicia.

Deudas de comunidad

Se desconoce

Deudas de IBI

Sí - Existen deudas pendientes en concepto de IBI por importe aproximado de 3.006,25 euros correspondiente al ejercicio de 2017, 2018, 2019 y 2020. La cuantía es orientativa y puede variar en el momento de la transmisión del bien por el devengo de ejercicios anteriores o posteriores.

Impuestos

No están incluidos los impuestos que puedan gravar la compraventa (como el I.V.A., el I.T.P. o A.J.D.)

Gastos de gestión

3,00 % , (I.V.A. no incluido). No incluido en el precio de adjudicación.

Documentación

Nota simple (debes iniciar sesión con una cuenta verificada para descargar este documento)

Depósito

Depósito

1.478,04 €

Estado

Debes hacer un depósito por valor de 1.478,04 € para poder realizar una puja.

Para ello debes agregar esta subasta a tu carrito de depósitos y así obtener las instrucciones para confirmar tu depósito.

Iniciar sesión para obtener instrucciones
Depósito pendiente de validar
Ver depósito

Condiciones particulares

Condiciones particulares de la subasta

Localización

Subastas relacionadas

Subasta
Valoración: 80.389,06 €
Local comercial en Calle Sansón Carrasco nº 7 (Madrid). FR 43401 RP Madrid nº19

Local comercial en Calle Sansón Carrasco nº 7 (Madrid). FR 43401 RP Madrid nº19

Local comercial Madrid (Madrid)
Ref. V5C53377 Fin: 06/06/2022 18:00:00
Puja mínima 8.038,90 €
Acaba en
Subasta
Valoración: 73.902,23 €
Vivienda nº 1, garaje y trastero en Chozas de Canales (Toledo). FR 5967 RP Illescas nº2

Vivienda nº 1, garaje y trastero en Chozas de Canales (Toledo). FR 5967 RP Illescas nº2

Piso Chozas de Canales (Toledo)
Ref. RNJG73PK Fin: 06/06/2022 18:00:00
Puja mínima 7.390,22 €
Acaba en
Subasta
Valoración: 73.902,23 €
Vivienda nº 2, garaje y trastero en Chozas de Canales (Toledo). FR 5968 RP Illescas nº2

Vivienda nº 2, garaje y trastero en Chozas de Canales (Toledo). FR 5968 RP Illescas nº2

Piso Chozas de Canales (Toledo)
Ref. 8Q7KSQ27 Fin: 06/06/2022 18:00:00
Puja mínima 7.390,22 €
Acaba en
Subasta
Valoración: 73.902,23 €
Vivienda nº 4, garaje y trastero en Chozas de Canales (Toledo). FR 5970 RP Illescas nº2

Vivienda nº 4, garaje y trastero en Chozas de Canales (Toledo). FR 5970 RP Illescas nº2

Piso Chozas de Canales (Toledo)
Ref. PKN3VKC2 Fin: 06/06/2022 18:00:00
Puja mínima 7.390,22 €
Acaba en
Ver todas

Condiciones particulares de la subasta

I.- La presente subasta tiene lugar en un procedimiento concursal.

II.- La venta en subasta pública de los bienes se realizará, en todo caso, en estado de libre de cargas y gravámenes, con excepción de aquellas que sean inherentes a las fincas (tales como servidumbres, afecciones…). 

III.- Para poder concurrir a la subasta será necesario que los interesados en participar, con carácter previo a la misma, efectúen un depósito correspondiente al 2% del valor en la siguiente cuenta titularidad del Consejo General de los Procuradores de España de CAIXABANK S.A. ES41 2100 5731 7202 0024 0577 a través del carrito de depósitos que estará disponible en el anuncio de la subasta y siguiendo las instrucciones que aparecerán en el mismo. Dicha cantidad no deberá aportarse en metálico, sino por transferencia bancaria a la cuenta habilitada debidamente indicada en el anuncio de subasta. 

Una vez que el usuario agregue el justificante bancario de la transferencia del depósito en el Portal de Subastas, se procederá a su validación quedando habilitado para pujar en las subastas asociadas a dicho depósito. Asimismo, el usuario estará obligado a facilitar certificado de titularidad de la cuenta. 

La confirmación del depósito y por tanto de las eventuales pujas que pudiere realizar el postor-depositante, quedarán supeditadas a la recepción del importe en la cuenta habilitada, siempre y cuando se haya efectuado la transferencia del depósito con anterioridad a la finalización de la subasta y así conste acreditado con el oportuno documento. Igualmente, deberá estar incluido en dicho plazo el documento acreditativo del Certificado de titularidad de la cuenta bancaria. 

Finalizada la subasta, a aquellos usuarios que no hayan sido adjudicatarios, se les devolverá la totalidad del importe depositado a la misma cuenta de la que proceda la transferencia inicial, en el plazo de diez días hábiles desde la finalización de la subasta. No se admitirá la designación de cuenta diferente a la de procedencia de la transferencia inicial, a los efectos de devolución del importe en los términos señalados. 

Tratándose del usuario que ha resultado adjudicatario, el depósito que hubiera realizado para poder participar en la subasta, quedará retenido en la cuenta habilitada para tal fin hasta que se produzca la firma de la adjudicación, o si por cualquier circunstancia dejara de ser el adjudicatario definitivo por causas no imputables a él, incluyendo el rechazo por parte de la AC de su mejor postura, en cuyos casos se le devolvería el depósito realizado a la cuenta de procedencia de la transferencia inicial en el plazo de diez días hábiles desde la firma de la adjudicación o de la resolución de la causa no imputable. 

El depósito efectuado no formará parte del pago ni de la adjudicación ni de los gastos derivados de la misma. 

En caso de que finalmente el que resultare adjudicatario desistiese de su postura, perderá el depósito efectuado. 

En su caso, los acreedores con privilegio especial estarán exentos de depositar cantidad alguna al efecto, bastando que envíen un e-mail a la cuenta [email protected] comunicando su interés para que se les habilite para intervenir en la subasta. 

IV.- Quien resulte adjudicatario de los bienes objeto de subasta habrá de aceptar el estado físico y jurídico en que se encuentren los bienes, sin que pueda revisarse el precio o desistir de la postura ofrecida por ninguna circunstancia, teniendo las ofertas realizadas carácter irrevocable. 

V.- Se determinan como fechas de inicio y fin de subasta las siguientes: 

1)     Fecha y hora de inicio de la subasta: 06 de mayo de 2022 a las 12:00h.

2)     Fecha y hora de finalización de subasta: 06 de junio de 2022 a las 18:00h.

Ello, no obstante, la subasta se prorrogará automáticamente si, dos minutos antes de la finalización de la misma, algún licitador efectuase una puja que mejorare la anterior, siendo dicha prórroga de dos minutos adicionales más, y así sucesivamente hasta que los licitadores concurrentes a la subasta dejaren de incrementar el precio de la mejor postura. 

VI.- El tipo a efectos de subasta del bien será, al menos, el establecido como "valor razonable" por la Administración Concursal, según el inventario de bienes y derechos presentado por la Administración Concursal. 

La enajenación se llevará a cabo en forma de subasta, con una puja mínima de salida del bien a subasta del 10% del valor del inmueble. 

Los bienes afectos a privilegio especial no podrán ser adjudicados por este cauce por precio inferior al 50% de su valor sin cumplir con el trámite que a continuación se refiere, salvo autorización expresa del titular de la carga hipotecaria, respecto del bien afecto en cuestión. 

En defecto de autorización expresa del titular de la carga hipotecaria, y en caso de que la mejor oferta recibida sea inferior a dicho 50% del valor a efectos de liquidación, la Administración Concursal, con carácter previo al otorgamiento de escritura de venta, pondrá en conocimiento del Juzgado y del titular de la carga hipotecaria las ofertas recibidas. Dicho acreedor podrá mejorar por sí mismo la postura o presentar ante la Administración Concursal mejor postor en el plazo de 10 días naturales desde dicha comunicación. Si dentro del plazo de diez días siguientes a la notificación antes indicada se mejorase postura o se presentare mejor postor, la Administración Concursal acordará abrir licitación a través de la página web de la entidad especializada designada, entre los oferentes. Dicha subastilla, limitada exclusivamente al que haya presentado la mejor oferta durante el periodo normal de licitación y al titular de la carga hipotecaria, o persona designada por este último, se llevará a efecto según las reglas y usos de la casa o entidad que subasta, siendo el precio mínimo de venta el resultante de la mejor oferta recibida por este último mejor postor (el titular de la carga hipotecaria o persona presentada por este). 

Transcurrido dicho plazo sin que se hubiese presentado mejor oferta por el titular de la carga hipotecaria, la Administración Concursal declarará aprobado el remate y se llevará a efecto la venta a favor del mejor postor, debiendo concurrir a la firma el titular de la carga hipotecaria a los efectos de lo indicado anteriormente acerca de la cancelación de las de cargas regístrales o de otra índole, y recepción del precio hasta el límite de su crédito privilegiado. 

Concluida la subasta restringida, la Administración Concursal declarará aprobado el remate a favor del mejor postor, con los efectos y obligaciones previstos en el punto IX. 

VII.- Todos los gastos de la venta pública, inscripción y los derivados de la cancelación de cargas, y las deudas que, en su caso graven la finca, tales como, y sin carácter taxativo, gastos de comunidad y de IBI, y cualquier otro gasto o deuda que pudiera surgir, serán de cuenta y cargo de la parte adquirente. 

Asimismo, todos los impuestos derivados de la transmisión serán a cargo de la parte adquirente.

Los honorarios del Consejo General de Procuradores de España por la prestación de sus servicios en la subasta se publicitarán en el momento de la apertura del periodo de licitación, y a través de la propia plataforma donde se realiza la subasta, que, en todo caso, y en lo que se refiere al presente procedimiento, ascenderán al 3% más IVA del valor de adjudicación de los bienes subastados. 

El pago de dichos honorarios correrá a cargo del adjudicatario y no se detraerán de la puja efectuada, sino que deberán abonarse aparte en el momento del otorgamiento de la escritura de adjudicación. 

VIII.- Serán válidas cualesquiera notificaciones efectuadas a los usuarios que hayan concurrido a la subasta pública online en la dirección de correo electrónico que hubieran designado a efectos de recibir comunicaciones relativas a la subasta a la que libre y voluntariamente han participado, ya provengan dichas notificaciones de la Administración Concursal, ya de la entidad especializada que lleve a cabo el desarrollo de la subasta pública online. 

IX.- Se declarará aprobado por la Administración Concursal el remate de la subasta, o en su caso subastilla, a favor del mejor postor, quien deberá satisfacer el precio íntegro de la venta en el momento de la elevación a público de la transmisión con entrega de la posesión. En su caso, se requerirá al acreedor privilegiado a fin de que otorgue la oportuna escritura pública de cancelación de hipoteca. En caso de que el adquirente fuera el acreedor privilegiado se autoriza la retención del importe de adquisición hasta el importe de su crédito. 

La cancelación registral de los embargos o cargas anteriores si los hubiere, se verificará por el Sr. Secretario del Juzgado por medio de Decreto, tras acreditación de la venta al mejor postor, en aplicación analógica del 642 de la L.E.C. y art. 149.5 de la LC. 

Se reconoce al acreedor con privilegio especial, si existiese, y que resulte mejor postor respecto del bien objeto de su garantía, el derecho de ceder el remate a un tercero.

X.- Si el mejor postor designado adjudicatario de los bienes objeto de subasta no concurriese al otorgamiento de los documentos públicos o privados que resulten necesarios para la tradición de los mismos y pago del precio de remate, perderá el depósito efectuado, y la Administración Concursal podrá, con independencia de su derecho a exigir las responsabilidades que procedan por incumplimiento del antedicho mejor postor, declarar adjudicatario a los subsiguientes mejores postores habidos en la subasta pública celebrada, por el orden de sus respectivas posturas. 

XI.- Si el adquiriente lo solicita será puesto en posesión del inmueble, de acuerdo con la previsión recogida en el art. 675 LEC. 

XII.- La escritura pública de adjudicación deberá firmarse en el plazo de 30 días naturales desde que la Administración Concursal declare aprobado el remate de la venta a favor del mejor postor. 

XIII.- En cualquier caso, la Administración Concursal se reserva la facultad de desistir de la prosecución del procedimiento de subasta pública si el resultado de la misma, según su criterio, fuere contrario al interés del concurso. Asimismo, la Administración Concursal podrá rechazar la postura final por su bajo importe o por circunstancias que considere en interés de la masa del concurso. 

XIV.- La Administración Concursal, concluida la subasta sin la realización de los bienes, podrá repetir una vez el proceso de venta en subasta pública siempre con respeto a las bases mínimas establecidas en los apartados anteriores. 

XV.- En todo lo no previsto en este escrito, la subasta se regirá conforme a los usos y reglas de la entidad especializada. 

XVI.- El proceso de subasta será Protocolizado por el Ilustre Notario D. Pedro Gutiérrez Moreno, el cual dejará constancia, mediante Acta Notarial, de todo lo que acontezca durante el proceso.

Vivienda nº 3, garaje y trastero en Chozas de Canales (Toledo). FR 5969 RP Illescas nº2

La puja mínima actualmente es de {{ minimumBidWithIncrement | currency }} La puja máxima actualmente es de {{ maximumBid | currency }}
La puja mínima actualmente es de {{ minimumBid | currency }}
€

Vas a realizar una puja por valor de {{ amount | currency }} en representación de

Parece que has introducido un valor muy elevado. Por favor, revisa el importe y asegúrate que es correcto.

Conectando con el servidor Guardando la puja Seguimos guardando la puja. Esto puede tardar un poco. Por favor, espera.
  • {{error}}
  • Buscar
  • Normas
  • Preguntas frecuentes
  • Contacto
  • Términos y condiciones
  • Aviso legal
  • Política de privacidad
  • Cookies
  • Consejo General de Procuradores de España
  • Portal galardonado por el Premio Calidad de la Justicia 2016
  • Certificación de envíos
©2022 Subastas Procuradores. Todos los derechos reservados.
  • LinkedIn
  • Twitter