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Subasta
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50% Vivienda en planta 2ª en Organyà, (Lleida). FR 2135 RP La Seu d'Urgell

Localización CR LLEIDA 22 Es:1 Pl:02 Pt:03, Organya (Lleida) Localización Referencia: 6JE6JC7C Inicio Inicio: 12/04/2021 12:00:00 Fin Fin: {{ bidEndDate | date }} 12/05/2021 18:00:00
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Tipología Piso
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Características Gastos, impuestos y cargas Documentación Depósito Condiciones particulares Localización

Características

Piso

Descripción según nota simple:

50 % Vivienda puerta 3ª, de la 2ª planta alta, del edificio sito en Organyà, con frente a la carretera de Lleida a Puigcerdà, a la que se accede por el vestíbulo y escalera general y ascensor.

Tiene una superficie útil de 53,03 m², y consta de las piezas propias a su destino.

Es objeto de subasta el 50% de la vivienda. 

Ubicación

CR LLEIDA 22 Es:1 Pl:02 Pt:03, 25794 Organya (Lleida). Ver mapa

Situación posesoria

Se desconoce

Porcentaje de propiedad

50,00 %

Datos registrales

Registro: La Seu d'Urgell
Finca: 2135
Tomo: 1099
Libro: 39
Folio: 118
Inscripción: 7
IDUFIR: 25005000040734
Referencia catastral: 1947619CG6714N0010GL

Datos piso

Año de construcción: 1995
Piso: 2º

Gastos, impuestos y cargas

Cargas y gravámenes

Sí - La finca está gravada con HIPOTECA. No obstante, se transmite libre de cargas y gravámenes, salvo de aquellas que sean inherentes a las fincas (tales como servidumbres, afecciones, etc…). La cancelación de la hipoteca se llevará a cabo bien mediante la comparecencia del acreedor hipotecario al acto del otorgamiento de la escritura de adjudicación para recibir el precio y cancelar la carga, bien mediante mandamiento cancelatorio librado por el Juez del concurso, a solicitud de la Administración Concursal, una vez acreditada la transmisión de la finca.

Deudas de comunidad

Se desconoce

Deudas de IBI

Se desconoce

Impuestos

No están incluidos los impuestos que puedan gravar la compraventa (como el I.V.A., el I.T.P. o A.J.D.)

Gastos de gestión

3,00 % , (I.V.A. no incluido). No incluido en el precio de adjudicación.

Documentación

Ficha catastral

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Depósito

Depósito

1.279,82 €

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Condiciones particulares

Condiciones particulares de la subasta

Localización

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Puja mínima 0,00 €
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Garaje Barcelona (Barcelona)
Ref. S3KSVCZX Fin: 12/05/2021 18:00:00
Puja mínima 0,00 €
Acaba en
Ver todas

Condiciones particulares de la subasta

I.- Los bienes objeto de realización son:

LOTE 1 PLENA PROPIEDAD VIVIENDA
CALLE PADRE GANDARA 29,
1º (ALLARIZ-OURENSE). REF
CATASTRAL:
8916503NG9781N0002IO9726

LOTE 2 ½ INDIVISA PISO 2º, 3ª,
EDIFCIO FRENTE CALLE
LLEIDA A PUIGCERDA
(ORGANYA). REF
CATASTRAL:
1947619CG6714N0010GL


LOTE 3 PLENA PROPIEDAD PARCELA
N.º 5 URBANIZACION
“CASTELL DE CABRERA”. NO
CONSTA REF CATASTRAL

LOTE 4 ½ INDIVISA PLAZA
APARCAMIENTO N.º 11,
SOTANO 1, EDIICIO CALLE
CALABRIA N.º 8-12,
BARCELONA. NO CONSTA
REF CATASTRAL

II.- La venta en subasta pública de los bienes se realizará, en todo caso, en estado de
libre de cargas y gravámenes, con excepción de aquellas que sean inherentes a las fincas
(tales como servidumbres, afecciones, etc.).
III.- Para poder concurrir a la subasta será necesario que los interesados en participar,
con carácter previo a la misma, efectúen un depósito correspondiente al 3% del valor en
la siguiente cuenta titularidad del Consejo General de los Procuradores de España de
CAIXABANK S.A. ES41 2100 5731 7202 0024 0577 a través del carrito de depósitos que
estará disponible en el anuncio de la subasta y siguiendo las instrucciones que aparecerán
en el mismo. Dicha cantidad no deberá aportarse en metálico, sino por transferencia
bancaria a la cuenta habilitada debidamente indicada en el anuncio de subasta.
Una vez que el usuario agregue el justificante bancario de la transferencia del depósito en
el Portal de Subastas, se procederá a su validación quedando habilitado para pujar en las
subastas asociadas a dicho depósito.
La confirmación del depósito quedará supeditada a la recepción del importe en la cuenta
habilitada, no pudiendo ser adjudicatario hasta que no se haya recibido el importe íntegro
del depósito.
Finalizada la subasta, a aquellos usuarios que no hayan sido adjudicatarios, se les
devolverá la totalidad del importe depositado en la cuenta por ellos indicada, en el plazo
de diez días hábiles contados a partir de la fecha de finalización de la subasta.
Tratándose del usuario que ha resultado adjudicatario, el depósito que hubiera realizado
para poder participar en la subasta, quedará retenido en la cuenta habilitada para tal fin
hasta que se produzca en su caso la transmisión del bien, o por cualquier circunstancia
dejara de ser el adjudicatario definitivo por causas no imputables a él en cuyo caso se le
devolvería el depósito realizado a la cuenta indicada en el plazo de diez días hábiles desde
la finalización de la subasta.
En caso de que finalmente el que resultare adjudicatario desistiese de su postura, perderá
el depósito efectuado.
Los acreedores con privilegio especial estarán exentos de depositar cantidad alguna al
efecto, bastando que envíen un e-mail a la cuenta [email protected]
comunicando su interés para que se les habilite para intervenir en la subasta.
IV.- Quien resulte adjudicatario de los bienes objeto de subasta habrá de aceptar el estado
físico y jurídico en que se encuentren los bienes, sin que pueda revisarse el precio o desistir
de la postura ofrecida por ninguna circunstancia, teniendo las ofertas realizadas carácter
irrevocable.


V.-. Se determinan como fechas de inicio y fin de subasta las siguientes:
1) Fecha y hora de inicio de la subasta: 12/04/2021 a las 12:00h.
2) Fecha y hora de finalización de subasta: 12/05/2021 a las 18:00 horas.
Ello, no obstante, la subasta se prorrogará automáticamente si, dos minutos
antes de la finalización, algún licitador efectuase una puja que mejorare la
anterior, siendo dicha prórroga de dos minutos adicionales más, y así
sucesivamente hasta que los licitadores concurrentes a la subasta dejaren de
incrementar el precio de la mejor postura.
VI.- El tipo a efectos de subasta del bien será, al menos, el establecido como "valor de
liquidación" en el Plan de Liquidación.
La enajenación se llevará a cabo en forma de subasta, sin sujeción a tipo mínimo.
VII.- Todos los gastos de la venta pública y los derivados de la cancelación de cargas, y
las deudas que, en su caso graven la finca, tales como, y sin carácter taxativo, gastos de
comunidad y de IBI, serán de cuenta y cargo del adjudicatario.
Los honorarios del Ilustre Colegio de Procuradores de Barcelona por la prestación de sus
servicios en la subasta se publicitarán en el momento de la apertura del periodo de
licitación, y a través de la propia plataforma donde se realiza la subasta, que, en todo
caso, y en lo que se refiere al presente procedimiento, ascenderán al 3% más IVA del
valor de adjudicación de los bienes subastados y serán de cargo del adjudicatario y
deberán abonarse en el momento del otorgamiento de la escritura de adjudicación.
Los impuestos serán satisfechos por el adjudicatario sin que ello implique alteración del
sujeto pasivo, que se determinará conforme a la normativa aplicable al tributo de que se
trate.
VIII.- Serán válidas cualesquiera notificaciones efectuadas a los usuarios que hayan
concurrido a la subasta pública online en la dirección de correo electrónico que hubieran
designado a efectos de recibir comunicaciones relativas a la subasta a la que libre y
voluntariamente han participado, ya provengan dichas notificaciones de la Administración
Concursal, ya de la entidad especializada que lleve a cabo el desarrollo de la subasta
pública online.
IX.- Si la subasta termina satisfactoriamente, la Administración Concursal declarará
aprobado el remate de la venta a favor del mejor postor, quien deberá abonar el precio
íntegro de la venta de contado en el momento del otorgamiento de la escritura pública de
compraventa.

X.- Si el mejor postor designado adjudicatario del bien objeto de subasta no concurriese
al otorgamiento de los documentos públicos o privados que resulten necesarios para la
tradición de los mismos y pago del precio de remate, perderá el depósito efectuado, y la
Administración Concursal podrá, con independencia de su derecho a exigir las
responsabilidades que procedan por incumplimiento del antedicho mejor postor, declarar
adjudicatario a los subsiguientes mejores postores habidos en la subasta pública
celebrada, por el orden de sus respectivas posturas.
Si el acreedor titular de un crédito con privilegio especial derivado del bien objeto de
subasta resultase adjudicatario del bien, este podrá ceder el remate a un tercero.
XI.- La escritura pública de adjudicación deberá firmarse en el plazo de 30 días naturales
desde que la Administración Concursal declare aprobado el remate de la venta a favor del
mejor postor.
XII.- En cualquier caso, la Administración Concursal se reserva la facultad de desistir de
la prosecución del procedimiento de subasta pública si el resultado de esta, según su
criterio, fuere contrario al interés del concurso. Asimismo, la Administración Concursal
podrá rechazar la postura final por su bajo importe o por circunstancias que considere en
interés de la masa del concurso.
XIII.- La Administración Concursal, concluida la subasta sin la realización de los bienes,
podrá repetir una vez el proceso de venta en subasta pública siempre con respeto a las
bases mínimas establecidas en los apartados anteriores.
XIV.- El proceso se protocolizará notarialmente.
XV.- En todo lo no previsto en este escrito, la subasta se regirá conforme a los usos y
reglas de la entidad especializada.

50% Vivienda en planta 2ª en Organyà, (Lleida). FR 2135 RP La Seu d'Urgell

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