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Subasta
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Terreno rústico con edificaciones de naves en La Romana, (Alicante). FR 7776 RP Novelda

Localización Partida de Batistes (Collado), La Romana (Alicante / Alacant) Localización Referencia: PTQ712FT Inicio Inicio: 22/12/2020 12:00:00 Fin Fin: {{ bidEndDate | date }} 22/02/2021 18:00:00
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Tipología Solar
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Mejor postura
{{ maximumBid | currency }} -
Acaba en
Puja mínima
0,00 €
Valoración
7.914.222,00 €
Depósito: 158.284,44 €
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[email protected] / tel. 91 447 49 58
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Características Gastos, impuestos y cargas Documentación Depósito Condiciones particulares Localización
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Características

Solar

Descripción según nota simple:

Rústica: Parcela de tierra blanca, situada en el término municipal de La Romana, partido del Collado y Batistes, Kilómetro 14,200, CV 840, de 5 hectáreas, 9 áreas, y 1 centiáreas, o sean cincuenta mil novecientos un metros cuadrados (50.901 m2).

 Dentro de cuyo perímetro tiene enclavadas las siguientes construcciones:

-NAVE INDUSTRIAL denominada nave 2, con una superficie construida de 2.400m², resultado de ciento veinte metros de largo por veinte de ancho, totalmente diáfana. 

-NAVE INDUSTRIAL denominada nave 3, con una superficie construida de 2.200m², resultado de ciento diez metros de largo por veinte de ancho, totalmente diáfana. Entre las descritas dos naves y separadas ambas por una distancia de cuarenta y dos metros lineales se instalará una grúa pórtico

-NAVE INDUSTRIAL con una superficie construida de 3.000m², resultado de ciento veinte metros de largo por veinticinco de ancho, totalmente diáfana.

Dichas tres naves tienen estructura metálica, solera de hormigón, cerramientos laterales a base de paneles prefabricados de hormigón y chapa prelacada, y cubierta de chapa galvanizada a dos aguas, en la que se intercalan placas traslúcidas de poliéster.

Según información facilitada, las referencias catastrales que se mencionan en la Nota Simple, no son coincidentes con las reales o actuales, por lo que se aconseja consignar registralmente ésta a la finca registral.

Referencias catastrales actuales: 

03114A006000120000EP, 03114A006000120001RA, 03114A006000130000EL, 03114A006000140000ET,  03114A006000150000EF,  03114A006000150001RG.

La ubicación indicada corresponde a la primera referencia catastral arriba mencionada, las otras referencias están próximas entre ellas.  

Ubicación

Partida de Batistes (Collado), 03669 La Romana (Alicante / Alacant). Ver mapa

Situación posesoria

Se desconoce

Datos registrales

Registro: Novelda
Finca: 7776
Tomo: 2128
Libro: 95
Folio: 32
Inscripción: 1
IDUFIR: 03013000970966

Gastos, impuestos y cargas

Cargas y gravámenes

Sí - El inmueble se encuentra gravado con HIPOTECA y EMBARGO. No obstante, se transmite libre de cargas y gravámenes, salvo aquellas que sean inherentes a las fincas (tales como servidumbres, afecciones…). La cancelación de la hipoteca se realizará bien en el momento del otorgamiento de la escritura de transmisión bien posteriormente al otorgamiento a través de mandamiento del Letrado de la Administración de Justicia. La cancelación del embargo se realizará posteriormente al otorgamiento de la escritura de transmisión a través de mandamiento del Letrado de la Administración de Justicia.

Deudas de comunidad

Se desconoce

Deudas de IBI

Se desconoce

Impuestos

No están incluidos los impuestos que puedan gravar la compraventa (como el I.V.A., el I.T.P. o A.J.D.)

Gastos de gestión

3,00 % , no incluido en el precio de adjudicación. (I.V.A. no incluido)

Documentación

Ficha catastral

Ficha catastral

Ficha catastral

Ficha catastral

Ficha catastral

Ficha catastral

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Depósito

Depósito

158.284,44 €

Estado

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Condiciones particulares

Condiciones particulares de la subasta

Localización

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Piso Valencia (Valencia / València)
Ref. J15ES9QR Fin: 22/02/2021 18:00:00
Puja mínima 0,00 €
Acaba en

Condiciones particulares de la subasta

II.- La venta en subasta pública de los bienes se realizará, en todo caso, en estado de libre de cargas y gravámenes –hipotecas, embargos judiciales y administrativos-, con excepción de aquellas que sean inherentes a las fincas (tales como servidumbres, afecciones…).

 

III.- Para poder concurrir a la subasta será necesario que los interesados en participar, con carácter previo a la misma, efectúen un depósito correspondiente al 2% del valor en la siguiente cuenta titularidad del Consejo General de los Procuradores de España de CAIXABANK S.A. ES41 2100 5731 7202 0024 0577 a través del carrito de depósitos que estará disponible en el anuncio de la subasta y siguiendo las instrucciones que aparecerán en el mismo. Dicha cantidad no deberá aportarse en metálico, sino por transferencia bancaria a la cuenta habilitada debidamente indicada en el anuncio de subasta.

Una vez que el usuario agregue el justificante bancario de la transferencia del depósito en el Portal de Subastas, se procederá a su validación quedando habilitado para pujar en las subastas asociadas a dicho depósito.

La confirmación del depósito quedará supeditada a la recepción del importe en la cuenta habilitada, no pudiendo ser adjudicatario hasta que no se haya recibido el importe íntegro del depósito.

Finalizada la subasta, a aquellos usuarios que no hayan sido adjudicatarios, se les devolverá la totalidad del importe depositado en la cuenta por ellos indicada, en el plazo de diez días hábiles contados a partir de la fecha de finalización de la subasta.

Tratándose del usuario que ha resultado adjudicatario, el depósito que hubiera realizado para poder participar en la subasta, quedará retenido en la cuenta habilitada para tal fin hasta que se produzca en su caso la transmisión del bien, o por cualquier circunstancia dejara de ser el adjudicatario definitivo por causas no imputables a él en cuyo caso se le devolvería el depósito realizado a la cuenta indicada en el plazo de diez días hábiles desde la finalización de la subasta.

En caso de que finalmente el que resultare adjudicatario desistiese de su postura o no pudiera llevar a terminó la formalización de la operación por causa a él imputables, como la no obtención de financiación necesaria, perderá el depósito efectuado.

Los acreedores con privilegio especial estarán exentos de depositar cantidad alguna al efecto, bastando que envíen un e-mail a la cuenta [email protected] comunicando su interés para que se les habilite para intervenir en la subasta.

 

IV.- Quien resulte adjudicatario de los bienes objeto de subasta habrá de aceptar el estado físico y jurídico en que se encuentren los bienes, sin que pueda revisarse el precio o desistir de la postura ofrecida por ninguna circunstancia, teniendo las ofertas realizadas carácter irrevocable.

 

V.-. Por parte de esta Administración Concursal se determinan como fechas de inicio y fin de subasta las siguientes, considerando que se trata de un plazo prudencial a efectos de la mayor comercialización de los activos teniendo en cuenta la existencia de días festivos:

  1. Fecha y hora de inicio de la subasta: 22/12/2020 a las 12:00h.
  2. Fecha y hora de finalización de subasta: 22/02/2021 a las 18:00 horas.

Ello no obstante, la subasta se prorrogará automáticamente si, dos minutos antes de la finalización de la misma, algún licitador efectuase una puja que mejorare la anterior, siendo dicha prórroga de dos minutos adicionales más, y así sucesivamente hasta que los licitadores concurrentes a la subasta dejaren de incrementar el precio de la mejor postura.

 

VI.- El tipo a efectos de subasta del bien será el previsto en la escritura pública de constitución de la hipoteca, tal y como se previó para la subasta pública en el plan de liquidación. La enajenación se llevará a cabo en forma de subasta, sin sujeción a tipo mínimo.

 

VII.- Todos los gastos de la venta pública y los derivados de la cancelación de cargas, y las deudas que, en su caso graven la finca, tales como, y sin carácter taxativo, gastos de comunidad y de IBI, serán de cuenta y cargo del adjudicatario. En el momento de la firma de la compraventa y de su elevación a público el comprador acreditará el pago de estos conceptos o se efectuará transferencia a la cuenta intervenida a efectos de que la Administración Concursal proceda a su pago.

Los honorarios del Consejo General de Procuradores de España por la prestación de sus servicios en la subasta se publicitarán en el momento de la apertura del periodo de licitación, y a través de la propia plataforma donde se realiza la subasta, que en todo caso, y en lo que se refiere al presente procedimiento, ascenderán al 3% más IVA del valor de adjudicación de los bienes subastados.

El pago de dichos honorarios correrá a cargo del adjudicatario y no se detraerán de la puja efectuada, sino que deberán abonarse aparte en el momento del otorgamiento de la escritura de adjudicación.

Por último, en cuanto a los impuestos, estos serán asumidos por el sujeto pasivo con arreglo a la legislación especial que los establezca.

 

VIII.- Serán válidas cualesquiera notificaciones efectuadas a los usuarios que hayan concurrido a la subasta pública online en la dirección de correo electrónico que hubieran designado a efectos de recibir comunicaciones relativas a la subasta a la que libre y voluntariamente han participado, ya provengan dichas notificaciones de la Administración Concursal, ya de la entidad especializada que lleve a cabo el desarrollo de la subasta pública online.

 

IX.- Si la subasta termina satisfactoriamente, la Administración Concursal declarará aprobado el remate de la venta a favor del mejor postor, quien deberá abonar el precio íntegro de la venta de contado en el momento del otorgamiento de la escritura pública de compraventa mediante la entrega de cheque bancario nominativo a favor de la concursada. Todo ello salvo que el mejor postor fuese el acreedor privilegiado especial y siempre que el valor de adjudicación no excediese el importe de su crédito privilegiado especial.

 

X.- Si el mejor postor designado adjudicatario de los bienes objeto de subasta no concurriese al otorgamiento de los documentos públicos o privados que resulten necesarios para la tradición de los mismos y pago del precio de remate, perderá el depósito efectuado, y la Administración Concursal podrá, con independencia de su derecho a exigir las responsabilidades que procedan por incumplimiento del antedicho mejor postor, declarar adjudicatario a los subsiguientes mejores postores habidos en la subasta pública celebrada, por el orden de sus respectivas posturas.

 

XI.- La escritura pública de adjudicación deberá firmarse en el plazo de un mes desde que la Administración Concursal declare aprobado el remate de la venta a favor del mejor postor, sin perjuicio de que las partes puedan acordar un plazo menor o extender al mismo por prórroga de un plazo máximo de un mes más.

 

XII.- En cualquier caso la Administración Concursal se reserva la facultad de desistir de la prosecución del procedimiento de subasta pública si el resultado de la misma, según su criterio, fuere contrario al interés del concurso. Asimismo, la Administración Concursal podrá rechazar la postura final por su bajo importe o por circunstancias que considere en interés de la masa del concurso.

 

XIV.- En todo lo no previsto en este escrito, la subasta se regirá conforme a los usos y reglas de la entidad especializada.

 

XV.- El proceso de subasta podrá ser protocolizado a elección de la Administración Concursal por el notario que esta misma designe, notario que dejará constancia, mediante Acta Notarial, del resultado del proceso.

* La parte arrendataria renuncia expresamente a los derechos de tanteo y retracto sobre la vivienda.

Terreno rústico con edificaciones de naves en La Romana, (Alicante). FR 7776 RP Novelda

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