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Subasta
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Vivienda en planta 1º Barrio de la Canonja en Tarragona. FR 10161 RP Tarragona 3

Localización Escultor Figueras nº 4 Pl:01 Pt:01 La Canonja, Tarragona (Tarragona) Localización Referencia: 08007ADX Inicio Inicio: 17/12/2020 12:00:00 Fin Fin: {{ bidEndDate | date }} 17/02/2021 17:59:59
Anterior Siguiente
Tipología Piso
Pujar
Mejor postura
{{ maximumBid | currency }} 13.500,00 €
Acaba en
Puja mínima
0,00 €
Valoración
133.819,86 €
No requiere depósito
¿Necesitas ayuda?
[email protected] / tel. 91 447 49 58
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Características Gastos, impuestos y cargas Documentación Condiciones particulares Localización
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Características

Piso

Descripción según nota simple:

Vivienda piso primero sita en Tarragona, Barrio de La Canonja, de superficie construida de 59,65 m² y útil de 51,30 m².

Consta de recibidor, paso, comedor-estar, 3 dormitorios, aseo y cocina. (Es de tener en cuenta que la distribución es la indicada en la nota registral, desconocemos si ha sido modificada). 

Ubicación

Escultor Figueras nº 4 Pl:01 Pt:01 La Canonja, 43110 Tarragona (Tarragona). Ver mapa

Situación posesoria

Se desconoce

Datos registrales

Registro: Tarragona 3
Finca: 10161
Tomo: 1964
Libro: 280
Folio: 12
Inscripción: 6
IDUFIR: 43018000306485
Referencia catastral: 7639104CF4573H0001RO

Gastos, impuestos y cargas

Cargas y gravámenes

Sí - El inmueble se encuentra gravado con HIPOTECA y EMBARGO. No obstante, se transmite libre de cargas y gravámenes, salvo aquellas que sean inherentes a las fincas (tales como servidumbres, afecciones…). La cancelación de la hipoteca se realizará bien en el momento del otorgamiento de la escritura de transmisión bien posteriormente al otorgamiento a través de mandamiento del Letrado de la Administración de Justicia. La cancelación del embargo se realizará posteriormente al otorgamiento de la escritura de transmisión a través de mandamiento del Letrado de la Administración de Justicia.

Deudas de comunidad

Se desconoce

Deudas de IBI

Se desconoce

Impuestos

No están incluidos los impuestos que puedan gravar la compraventa (como el I.V.A., el I.T.P. o A.J.D.)

Gastos de gestión

3,00 % , no incluido en el precio de adjudicación. (I.V.A. no incluido)

Documentación

Ficha catastral

Nota simple (debes iniciar sesión con una cuenta verificada para descargar este documento)

Condiciones particulares

Condiciones particulares de la subasta

Localización

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Ref. H4NJ4J05 Fin: 17/02/2021 17:59:59
Mejor postura 35.001,00 € {{ MaximumBid | currency }}
Acaba en
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Ref. NF82E31M Fin: 17/02/2021 17:59:59
Mejor postura 16.002,00 € {{ MaximumBid | currency }}
Acaba en
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Ref. BSWMHKFV Fin: 17/02/2021 17:59:59
Mejor postura 16.502,00 € {{ MaximumBid | currency }}
Acaba en
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Ref. SD3M269F Fin: 17/02/2021 17:59:59
Mejor postura 13.200,00 € {{ MaximumBid | currency }}
Acaba en
Ver todas

Condiciones particulares de la subasta

I. Se determinan como fechas de inicio y fin de subasta las siguientes:

Fecha y hora de inicio de la subasta: 17/12/2020 a las 12:00h.
Fecha y hora de finalización de subasta: 17/02/2021 a las 17:59:59 horas.

Ello no obstante, la subasta se prorrogará automáticamente si, dos minutos antes de la finalización de la misma, algún licitador efectuase una puja que mejorare la anterior, siendo dicha prórroga de dos minutos adicionales más, y así sucesivamente hasta que los licitadores concurrentes a la subasta dejaren de incrementar el precio de la mejor postura.

II. La venta en subasta pública de los bienes se realizará, en todo caso, en estado de libre de cargas y gravámenes, con excepción de aquellas que sean inherentes a las fincas (tales como servidumbres, afecciones…). La cancelación de las cargas (anotaciones e inscripciones) anotadas en Registros Públicos, anteriores y posteriores al Auto de declaración del concurso, una vez el adquirente haya procedido al pago del precio ofertado por la adquisición, quien procederá igualmente a abonar los gastos de cancelación de las referidas cargas que pudiere tener el bien transmitido.

III. Quien resulte adjudicatario de los bienes objeto de subasta habrá de aceptar el estado físico y jurídico en que se encuentren los bienes, sin que pueda revisarse el precio o desistir de la postura ofrecida por ninguna circunstancia, teniendo las ofertas realizadas carácter irrevocable.

IV. El tipo a efectos de subasta del bien será, al menos, el establecido como "valor A.C. " en el Plan de Liquidación.

V. Todos los gastos de la venta pública y los derivados de la cancelación de cargas, y las deudas que, en su caso graven la finca, tales como, y sin carácter taxativo, gastos de comunidad y de IBI, serán de cuenta y cargo del adjudicatario, debiendo justificar previa a la adjudicación de la finca el pago de cualquier importe clasificado como privilegiado especial (hipotecas legales tácitas). Los impuestos serán satisfechos por el adjudicatario, incluido el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.

La entidad especializada hará públicos los gastos correspondientes a la prestación de sus servicios en la subasta en el momento de la apertura del periodo de licitación, y a través de la propia página web, que, en todo caso, y en lo que se refiere a la presente subasta, ascenderán al 3% más IVA del valor de adjudicación del bien inmueble subastado. El pago de dicha comisión será a cargo del adjudicatario y no se detraerá de la puja efectuada, sino que deberá abonarse aparte en el momento de la firma de la escritura de adjudicación.

Los precios de puja son netos, por lo que no se detraerán de los mismos importe alguno, debiéndose abonar por parte del adjudicatario todos los gastos e impuestos mencionados con anterioridad además del precio de remate.

VI. Serán válidas cualesquiera notificaciones efectuadas a los usuarios que hayan concurrido a la subasta pública online en la dirección de correo electrónico que hubieran designado a efectos de recibir comunicaciones relativas a la subasta a la que libre y voluntariamente han participado, ya provengan dichas notificaciones de la Administración Concursal, ya de la entidad especializada que lleve a cabo el desarrollo de la subasta pública online.

VII. En el supuesto expreso de realización mediante subasta extrajudicial de bienes afectos a créditos con privilegio especial, se actuará en función de la puja ofrecida respecto al valor de subasta indicado para cada bien.

Si la mejor postura fuera igual o superior al 70 por ciento del valor por el que el bien hubiere salido a subasta, la Administración Concursal aprobará el remate en favor del mejor postor. Cuando la mejor postura ofrecida en la subasta sea inferior al 70 por ciento del valor por el que el bien hubiere salido a subasta, se dará traslado de la misma al resto de partes personadas, para que en el plazo de 10 días puedan presentar oferta de tercero que mejore postura.

Transcurrido el indicado plazo sin que se produzcan mejoras, se procederá a la adjudicación del mismo, siempre y cuando la puja sea igual o superior al 50% del valor de subasta, o siendo inferior cubra la deuda que recae sobre el bien.

Si la mejor postura no supera el 50%, se dará traslado al acreedor privilegiado, siempre que la puja no la hubiera efectuado él mismo, con el fin de que manifieste si acepta dicha postura o no.

Por lo tanto, una vez la Administración Concursal disponga del acta de finalización de subasta, la comunicará al juzgado diferenciando los siguientes casos:

• Posturas iguales o superiores al 70%: se procederá a su adjudicación al mayor postor.

• Posturas iguales o superiores al 50%: se dará traslado al resto de partes para que en plazo de 10 días puedan presentar oferta de tercero que mejore la postura. En caso de no presentarse, se procederá a la adjudicación al mayor postor en la subasta.

• Posturas inferiores al 50%: se dará traslado al concursado y al resto de partes para que en plazo de 10 días puedan presentar oferta de tercero que mejore la postura. Una vez trascurrido el plazo, si no se han recibo mejoras, o las mejoras recibidas siguen siendo inferiores al 50% del valor de subasta, se
procederá a dar traslado al acreedor privilegiado para que en plazo de 20 días manifieste si acepta la mejor puja recibida.

Siempre y cuando se cumplan los puntos anteriores, la aprobación de remate podrá llevarse a efecto aun cuando las ofertas no alcancen los porcentajes respecto a los tipos previstos en los Art. 670 y 671 de la LEC.


VIII. Para el supuesto de que en cualquiera de los estados previstos para la subasta de los bienes el mejor postor designado adjudicatario de los mismos no concurriese al otorgamiento de los documentos públicos o privados que resulten necesarios para la tradición de los mismos y pago del precio de remate, podrá la Administración Concursal, con independencia de su derecho a exigir las responsabilidades que procedan por incumplimiento del antedicho mejor postor, declarar adjudicatario a los subsiguientes mejores postores habidos en la subasta pública celebrada, por el orden de sus respectivas posturas.

IX. En cualquier caso, la Administración Concursal se reserva la facultad de desistir de la prosecución del procedimiento de subasta pública si el resultado de la misma, según su criterio, fuere contrario al interés del concurso. Asimismo, la Administración Concursal podrá rechazar la postura final por su bajo importe o por circunstancias que considere en interés de la masa del concurso.

X. La Administración Concursal, concluida la subasta sin la realización de los bienes, podrá repetir una o más veces el proceso de venta en subasta pública siempre con respeto a las bases mínimas establecidas en los apartados anteriores.

XI. En todo lo no previsto, la subasta se regirá conforme a los usos y reglas de la entidad especializada.

XII. No será necesaria consignación alguna para participar en la subasta.

XIII. Los acreedores privilegiados podrán ceder el remate al tercero que estos elijan.

XIV. Del procedimiento de subasta se levantará un Acta Notarial autorizada por el Notario de Madrid D. Pedro Luis Gutiérrez Moreno en la que se dará fe de todo cuanto acontezca durante el desarrollo del procedimiento.

Vivienda en planta 1º Barrio de la Canonja en Tarragona. FR 10161 RP Tarragona 3

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